Lo que hay que darle es una carta con una sanción proporcional a esos hechos. Si creéis que es despido, pues despido.
No entiendo que encima de que no ha cumplido sus obligaciones, queráis indemnizarle...
En todo caso, la indemnización por improcedente es de 33 días (45/33 días si a fecha 12/02/2012 ya estaba en la empresa...para los cálculos mejor preguntar al Supremo, que está de un vanguardista aritmético que no hay quien le pille...).