URGENTE. BAJA 402 Y ALTA 401

eneva

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Una empresa da la baja en seg. social a un trabajador en un contrato 402 con 8 días de vacaciones no disfrutas(fecha baja 17 dic, fecha fin vacaciones 25 dic). ¿puede la misma empresa dar de alta al trabajador el dia 18 dic con un contrato 401? ¿o tiene que esperar a que finalice el período de vacacioes no disfrutadas para dar la nueva alta?
 

JAIMESG

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Evidentemente puede darla de alta. Lo único particular es que figurará con complementaria de vacaciones L03 en alta en ese período de disfrute de vacaciones y también en alta pero ahora en la L00 ordinaria. Luego esto quedará reflejado en la vida laboral ya que son fechas que se superponen. Aunque claro partimos de la base de que existen esas causas de temporalidad de los contratos (eventualidad por circunstancias de la producción y de obra) ... ya que podría entenderse que exite concatenación de contratos temporales.....
 
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