Vacaciones a cuenta del próximo año

Santiago

Miembro conocido
Buenas tardes
Una trabajadora ha disfrutado ya de sus vacaciones del año 2019 y solicita a la empresa 20 días de vacaciones del próximo año para viajar a su país
La empresa no tiene inconveniente alguno en ceder estos días de vacaciones pero quiere dejarlo por escrito
En el escrito se indicará que estos días de vacaciones disfrutados se descontarán en caso de que la trabajadora finalice su relación laboral antes de general.
¿Véis algún inconveniente?
Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Entiendo que no es posible ese pacto, derecho indisponible, son 30 días de vacaciones al año, no 50 uno y 10 el siguiente (en este segundo año solo disfrutaría de 10 y tienen que ser 30 sí o sí...)

 

FERNANDO

Miembro conocido
Pienso lo mismo. Para que sea legal, lo vestiría así: concedo licencia sin sueldo de X días y, a la vez, concedo al trabajador anticipo que se corresponde por esos días. Pactamos la fecha de devolución en el mes de vacaciones del año que viene y punto pelota.
 

Santiago

Miembro conocido
Hola FERNANDO
Durante esta licencia sin sueldo, ¿la empresa debería cotizar por la trabajadora?
La idea sería que la trabajadora disfrute de estos 20 días sin que represente un coste para la empresa y sin ningún anticipo, de manera que el próximo año las vacaciones se disfruten con normalidad
Gracias
 

fundación

Miembro conocido
Las situaciones de permanencia de alta sin retribución determinan la continuidad de la obligación de cotizar, a pesar de la suspensión del contrato de trabajo, por la base mínima que le corresponda.
 

Mr. White

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Pienso lo mismo. Para que sea legal, lo vestiría así: concedo licencia sin sueldo de X días y, a la vez, concedo al trabajador anticipo que se corresponde por esos días. Pactamos la fecha de devolución en el mes de vacaciones del año que viene y punto pelota.

Uff, puede ser, pero mucha pirueta... que le conceda excedencia de un mes  con reserva de puesto y listo...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, si das excedencia, das de baja en seguridad social y, por tanto, el trabajador deja de cotizar.

Lo mejor es lo que digo: permiso pagado y entendido como anticipo. Se pacta la fecha de devolución y punto. Legalmente sería préstamo y devengaría retribución en especie, pero, bueno, eso lo podemos obviar. :D
 

Mr. White

Miembro activo
Ya bueno, pues que viaje a su país el año que viene en sus vacaciones, o que se organice mejor, o que aprenda a ahorrar, o que pida un prestamillo, que ahora están los intereses bajos...
 
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