Buenos días, las vacaciones cogidas en días sueltos son siempre un quebradero de cabeza, sobretodo cuando vienen recogidas en Convenio Colectivo como días naturales. En este caso, en el de Farmacia, teóricamente todos los días del año son laborables. Respecto a las mencionadas vacaciones, no dice mucho más de lo que dice el Estatuto de los Trabajadores. La cuestión es que un trabajador ha solicitado 4 días de vacaciones, de lunes a Jueves 5-8 de octubre, habiendo puente del 9 (festividad Comunidad Valenciana) hasta el 12 (festividad Nacional), ¿ Se le tendrían que contabilizar esos 4 días naturales o más bien habría que cerrarle el período de lunes a lunes? Gracias.