Vacaciones disfrutadas de más

Elena-Z

Miembro activo
Empresa que acuerda con el trabajador, en contra de mi consejo, que disfrute dos meses completos de vacaciones en 2024 porque así el trabajador se podía ir a su tierra y aprovechar el gasto del viaje, disfrutar de la familia... esas cosas. Humanamente lo entiendo pero laboralmente, como que no.
La empresa llevaba idea de ese mes de más descontarle 15 dias en 2025 y 15 dias en 2026, de ese modo tampoco es que se quedara sin vacaciones todo 2025. Me seguía pareciendo un mal acuerdo, en fin.

Bueno, pues el trabajador volvió a mitad de septiembre y hoy presenta baja voluntaria. Asi que debe a la empresa 37 dias de vacaciones disfrutadas de más.

¿Se le pueden descontar de nómina? Entiendo que sí, pero va a ser un importe importante... puf.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Creo que hay por ahí una sentencia en la que dice que no se pueden descontar del finiquito los días de vacaciones por encima de los que corresponden legalmente y que han sido concedidos por la empresa de forma voluntaria
 

FERNANDO

Miembro conocido
Es un tema controvertido, ciertamente. He visto la sentencia que comentáis (TSJ de Canarias),pero es que dicha sentencia tiene una fundamentación creo que errónea: dice que la concesión de las vacaciones anticipadas es voluntad del empresario y, eso, no es así, porque dichas vacaciones se imponen por convenio o con pacto con trabajadores.

Yo tengo una teoría: si el fin de contrato es por voluntad del trabajador, entonces sí que se debería compensar las vacaciones. Otra cosa sería que, el empresario despida improcedentemente al trabajador, o incluso mediante despido objetivo, en cuyo caso, no podría descontarse las vacaciones de más al ser la extinción del contrato por causa achacable al empresario.

En el caso que comentamos, pues, sí vería compensable las vacaciones realizadas de más.
 
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