vacaciones e It

neli

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trabajador al que le deniegan incapacidad a los 26 meses, estaba de baja en la empresa desde los 18 por agotamiento de IT , el tema es que se lo comunica a la empresa el trabajador ya que el Inss no ha remitido nada a la empresa todavía ¿tenemos que readmitir ya o podemos esperar a la comunicación del INSS? por otro lado, ¿qué vacaciones le corresponderían si no ha trabajado desde hace 26 meses?

gracias de antemano


 

FERNANDO

Miembro conocido
En teoria es el trabajador el que debe pedir la readmision, no ir detras tu. En cuanto a las vacaciones, pues le tocan todas las no hechas, incluso aunque sean de años pasados.
 

neli

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podemos pedir una revisión médica completa a la mutua? seria para demostrar la extinción por ineptitud del trabajador ¿qué opinais?
 

neli

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Cris, pero a todos los trabajadores se le ha hecho el reconocimiento anual que establece la Vigilancia de la Salud, estará conmigo que a eso no se puede negar!!

 

MARIA555

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LAS VACACIONES PRESCRIBEN CON EL AÑO NATURAL. EN TODO CASO SERÍAN LAS VACACIONES DEL AÑO EN CURSO 2010.
 

fundación

Miembro conocido
Sí, el reglamento de prevención establece la vigilancia de la salud en casos de retorno tras bajas prolongadas.

Ojo, con las condiciones que establece el art. 22 de la ley de prevención.

 

Nando_bcn

Miembro conocido
María, ponte al día con la postura actual de nuestros tribunales (y el  Europeo) al respecto.

Saludos
 

quiros

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Neli, una mutua no puede determinar de manera definitiva la incapacidad de una persona. Tendría que hacerlo el Inss, y parece que no ha querido. La vigilancia de la salud es un derecho de los trabajadores, y es obligatorio en casos muy específicos. Uno de ellos es el que dice fundación, tras una baja prolongada.
 

neli

Nuevo miembro
entedemos que la mutua no puede declarar incapacidad, cosa que corresponde al INSS, lo que queremos es tenerlo para aportarlo en caso de despido por no poder desempeñar las tareas que venia desarrollando anteriormente  a la baja ,ya que hasta el propio trabajador lo dice por las molestias que sufre, la empresa no tiene otro puesto para reubicarlo y tiene que extinguir la relación laboral pero no queremos pillarnos los dedos se haría por "ineptitud fisica sobrevenida"

¿cómo lo veis?

entiendo por vuestras respuestas que tendremos que abonar vacaciones de tres años en el finiquito ¿no?
 

CrisFM

Miembro
Creo que no deberías precipitarte. El trabajador aun no se ha reincorporado y ya queréis despedirle por ineptitud sobrevenida. Unos días más no van a encarecer del despido

Pero la Mutua no va a informar a la empresa del resultado de su reconocimiento médico porque es ilegalísimo. La ineptitud sobrevenida habría que demostrarla por otros medios, entiendo yo.

Si el INSS le ha mandado a trabajar, que se reincorpore y a la vista de los acontecimientos actuar. Tampoco es mala idea hablarlo con él, si como dice el mismo reconoce que no puede, quizás esté de acuerdo con la rescisión de los 20 días por año, y si no lo está, y realmente no puede, pues sería momento de empezar a recabar las pruebas necesarias para intentar el despido objetivo por ineptitud sobrevenida
 

FERNANDO

Miembro conocido
Para ello, habria que hacerle una revision medica. Estaria la duda si el trabajador se puede negar o no.
 

neli

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El trbajador no se negó y acudió al reconocimiento medico de prevención, es resultado es NO APTO ¿cÓMO DEBEMOS ACTUAR?
 

CrisFM

Miembro
Pobrecillo.

Carta de despido basado en causas objetivas al amparo del art. 52a) del ET. El `procedimiento lo tienes en el art. 53 ET
 
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