Hola a todos. Tengo una duda, vereis. En un C.Colectivo, estipula que " Todo el personal que antes o durante el período de vacaciones esté en situación de IT, tendrá derecho al disfrute de las mismas o la parte pendiente, siempre que cause alta antes de final de año".
Con esto entiendo, que si esta de baja desde Mayo a Noviembre, entonces tiene derecho a disfrutar sus 30 días naturales.
Mi duda está en que pasa si llegados a Diciembre, continua de baja?????? pierde el derecho a disfrutar las vacaciones??????.
Me urge un poquito este tema. Muchisimas gracias a todos/as
Con esto entiendo, que si esta de baja desde Mayo a Noviembre, entonces tiene derecho a disfrutar sus 30 días naturales.
Mi duda está en que pasa si llegados a Diciembre, continua de baja?????? pierde el derecho a disfrutar las vacaciones??????.
Me urge un poquito este tema. Muchisimas gracias a todos/as