Tengo el caso de unos trabajadores indefinidos (200) de temporada que trabajan todos los veranos de cada año. el caso es que cuando finaliza la temporada y no han disfrutado de sus vacaciones las tienen que disfrutar con posterioridad a dicha temporada ya que no es factible pagarselo en finiquito de cada temporada. por ejemplo si la temporada finaliza el 31 de agosto y tienen generado 10 días de vacaciones pues se haria nómina hasta el 10 de septiembre y el 11 situacion de inactividad en sistema red ¿es así verdad?
gracias
gracias