VACACIONES

laboral consultas

Miembro activo
Pregunta: trabajador que trabaja 4 días una semana y 3 días la siguiente así sucesivamente, es decir al mes trabaja unos 18 días según como caiga el mes. El convenio estipula 23 días laborales por año trabajado.
En este caso igualmente son 23 días laborales que le pertenecen? me estoy haciendo un lio, o es proporcional?? muchas gracias!
O quizás la mejor opción es pasarlos a días naturales y contar directametne los 30 días?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Cuando hablamos de días de vacaciones en días hábiles (22, 23...) en lugar de naturales, se está pensando en casos de tiempo completo o, tambiéen, tiempo parcial en los que la parcialidad opera sobra las horas diarias trabajadas (parcialidad vertical), no sobre el número de jornadas (parcialidad horizontal).
En este caso el convenio estipula 23 días laborables. Bien, ¿qué jornada contempla el convenio? (no anual, en cuanto a días laborables). Si, por ejemplo, contempla una jornada de 5 días laborables a la semana, no puedes aplicar el mismo número de días de vacaciones a quien trabaja unas semanas 3 otras 4 días. Haz la proporción en cómputo anual. Si, por ejemplo, teóricamente hábiles (antes de descontar vacaciones, pero considerando festivos oficiales,,,) resultan 250 trabajando 5 días a a la semana (una semana normal, sin festivos), trabajando de forma alterna 3 y 4 días (es decir, 3,5 de promedio), resulan 175 días (pero, en todo caso, haz el cáculo real considerando la jornada normal y la de este trabajador, ambas en cómputo anual y sin descontar vacaciones. En este ejemplo, y por siemple regla de 3, el resultado es de 16 días laborables (bien, 16,1).
Verás también, si coges "un mes normal) que con ese esquema de jornada, los dias trabajados al mes se aproximarán más a 16 que a los 18 que indicas.
Pero igualmente le puedes dar 23 días laborables, lo único que en ese caso deberás revisar el porcentaje de parcialidad, que será más bajo al que corresponde a 3,5/5 (si es que son 5 dias de jornada semanal, que es lo que parece corresponder a esos 23 dias laborables de vacaciones que contempla el convenio).
 

laboral consultas

Miembro activo
Aixx, disculpa debo estar espesa.
El trabajador trabaja 8h diarias, no entiendo entonces lo del porcentaje de la parcialidad para calcular sus vacaciones.
Si no lo entiendo mal o coge un mes entero (30 días naturales) o 16 laborales que en su caso es lo que supone un mes entero.. aix que lio....
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Sí, en su caso, con ese esquema de jornada, los 30 días naturales (pero ojo!, que ese es el mínimo que, con carácter general, fija el ET. Puede corresponderse con 23 días laborables, pero hay convenios que fijan 22 y tan panchos, 23 podría estar ligeramente por encima de los 30 naturales, pero vaya, que parece razonable) parecen corresponderse con los 16 días laborables que me ha dado a mi, pero en base a ese ejemplo que he puesto. También puedes hacer la regla de 3 directamente, entre los 5 semanales (si esa es la jornada normal y para la que el convenio contempla los 23 días laborables de vacaciones) y los 3,5 (media artimética) de este trabajador (23/5*3,5=16,1).

Lo de revisar el porcentaje de parcialidad lo decia para el caso en el que optes por darle igualmente los 23 días laborables de vacaciones (porque hará las mismas horas de vacaciones que un trabajador a tiempo completo).
Es decir, si por ejemplo la jornada es de lunes a viernes (y también de 8h/día), la jornada semanal a tiempo completo es de 40 horas. La de este trabajador es de 28 (promedio entre 24 y 32 horas, segun tabaje 3 o 4 dias a la semana), es decir una ratio de 28/40-> 70%.
En cómputo anual y calendario en mano, y si por ejemplo es un año con 250 días de lunes a viernes sin contar festivos, esto nos da, quitando vacaciones (250-23), 227 días, que por 8 horas son 1.816 horas a tiempo completo.
Si en el caso de este trabajador, al considerar solo 3 y 4 dias semanales de forma alterna (y tambíen le coincidirá algun festivo en sus jornadas teóricas de trabajo) son 175 días, descontando los 16 de vacaciones resultan 159, que por 8, son 1.272 horas, que si te fijas, guardan la misma proporción o porcentaje (1.272 es el 70% de 1.916).
Pero sin en lugar de 16, le das los 23 dias, igual que al que trabaja 5 dias a la semana, al final trabajará 152 días, que, por 8, son 1.216 horas, que equivale a un poco menos del 67% de la jornada completa (y siempre considerando el ejemplo que he puesto.

Si la parcialidad fuera vertical, es decir, trabaja los mismos dias pero menos horas, ahí si que se mantendira la proporción con los mismos 23 dias laborables de vacaciones (serían los mismos dias d vacaciones pero de menos horas).

Como ves, es aritmética simple.
 
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