Si estamos ante una novación (por ej pasar de 100 a 200 o de 200 a 100), probablemente desde el SEPE no te exijan la comunciación, pero entiendo que es altamente recomendable hacerlo (hay quien lo hace, como vemos ante una simple variación de jornada, aunque no implique cambio de tipo de contrato, y, entre otras cosas, como se ha dicho, ante una inspección, que sí es probable exija haberlo hecho.
Los del SEPE, por exigir... al contrario, contra menos trabajo les des mejor. Su exigencia no considero sea un referente, y para muestra cuando intentas hacer el comunicado anual de personas con discapacidad exigido por la norma y que cada vez que lo presentas (y de forma manual, porque, al menos en Cataluña, salvo novedad, que ya no llevo estas cosas, no tienen ni un modelo ni procedimiento específico para hacerlo) te ponen cara de poker y luego de resignación y hastío (y como perdonándote la vida) cuando te sellan, tal como les has exigido, la copia y que ellos hagan con su ejemplar lo que les plazca (como si se quieren envolver el bocata).