Buenos días,
a ver si alguno me puede iluminar porque estoy bastante perdida en este tema. Una empresa de hostelería de Cataluña pidió un ERTE de limitación en el que se reducía la jornada de los dos trabajadores al 60% debido a las restricciones que hay en Cataluña y que sólo permiten abrir los bares de 7:30 a 9:30 y de 13:00 a 15:30. Ahora el empresario quiere afectar a uno de los trabajadores totalmente al ERTE (suspender su contrato). Dado que las restricciones no han variado ¿es necesario hacer un nuevo ERTE de limitación o se puede hacer lo mismo que en los ERTEs de Fuerza Mayor iniciales, afectar y desafectar trabajadores en función de las necesidades de la empresa (por supuesto siempre que se puedan justificar dichas afectaciones y desafectaciones)?.
Gracias de antemano
a ver si alguno me puede iluminar porque estoy bastante perdida en este tema. Una empresa de hostelería de Cataluña pidió un ERTE de limitación en el que se reducía la jornada de los dos trabajadores al 60% debido a las restricciones que hay en Cataluña y que sólo permiten abrir los bares de 7:30 a 9:30 y de 13:00 a 15:30. Ahora el empresario quiere afectar a uno de los trabajadores totalmente al ERTE (suspender su contrato). Dado que las restricciones no han variado ¿es necesario hacer un nuevo ERTE de limitación o se puede hacer lo mismo que en los ERTEs de Fuerza Mayor iniciales, afectar y desafectar trabajadores en función de las necesidades de la empresa (por supuesto siempre que se puedan justificar dichas afectaciones y desafectaciones)?.
Gracias de antemano