Vencimento de contrato - Comunicación al trabajador.

rjgtijola

Miembro
He leído sólo que en el caso de que sea por obra y servicio se debe notificar el vto. al trabajador? Es correcto?
 

Ro

Miembro activo
No, lo correcto es Notificar siempre al trabajador el fin contrato, cosa distinta es el preaviso del fin contrato que en este caso en contratos de obra o servicio se estipula en 15 días, así como en contratos de duración superior al año. Hay además que comprobar según convenio aplicable los preavisos obligatorios.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mmmmm... "en los contratos de obra o servicio se estipula en 15 días (el preaviso de fin de contrato por llegar éste a su término)"...
En la medida en que superen el año, igual que sucede con el resto de contratos de duración determinada, ¿no?.
Tal vez algún convenio concreto, no lo sé, pueda establecer esa previsión especifica para los contratos de obra y servicio en el sentido que requieran siempre de ese preaviso mínimo, independenteente de su duración, pero de forma general, no, sólo si superan al año.

Saludos

 

Ro

Miembro activo
Exacto Nando, el preaviso es para contratos temporales superiores al año. Y ciertos convenios como el de construcción también específica que el contrato por obra o servicio debe preavisarse con 15 días. No me he explicado bien... ;) mmmm:)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Tranquila Ro, ha quedado claro y yo he aprendido una cosa más del convenio de construcción (ya imaginaba que podía ir por ahí la cosa,  que fuera algún convenio en particular que lo contemplara como indicas).

Saludos
 
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