Vinculación de los hechos probados.

juba1980

Nuevo miembro
Buenos días.

Mi pregunta es la siguiente. En la empresa en la que actualmente trabajo, tuve un primer contrato con una categoría A, finalizó dicho contrato, y me contrataron con otra categoría B, realizando las mismas funciones que la categoría A.

Se interpuso demanda de clasificación profesional y de cantidad. En los hechos probados se recoge que desde la segunda contratación realizo las mismas funciones que en la primera.

Me desestima la demanda tanto de clasificación profesional como de las cantidades, dejando las cantidades imprejuzgadas, para que si lo estimo reclame las cantidades.

Mi pregunta es la siguiente? los hechos probados de la sentencia, que ya es firme, son vinculantes? y segundo las cantidades han prescrito? yo entiendo que no, puesto que aunque desestima la demanda, deja según recoge la sentencia imprejuzgada las mismas, con lo que yo entiendo que he paralizado la acción hasta que la sentencia adquirió firmeza.

Muchas gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Al hacer reclamación de cantidades, el plazo de prescripción se interrumpe y empieza a contar desde la recepción de la sentencia.

Sí son vinculantes, entiendo se aplicaría la excepción de cosa juzgada negativa o, como mínimo cosa juzgada positiva; en el juicio, mediante acumulación de acciones, ya pediste esas cantidades junto a la reclamación de cantidad, que se denegaron, pues el juez entendió que, al denegarte la categoría se podía entender que las diferencias por cantidades no procedían, con lo que no se incurre, a mi manera de ver, en incongruencia omisiva.
 
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