Viudedad vs. Trabajo

JmBueno

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Buenas,

¿existe algún tipo de limitación a los rendimientos del trabajo/jornada laboral cuando se esta cobrando una pensión de viudedad? Y si efectivamente los hay, ¿donde vienen especificados?

Un saludo y gracias de antemano.



 

Sandrita

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Si la cuantía de la pensión de viudedad es el 70% de la base reguladora y no el porcentaje general del 52% si hay limite de rendimientos, es uno de los 3 requisitos para que sea aplicable el 70%, si dejas de reunir uno de los 3 requisitos pasas a percibir el 52%.

Además de para determinar porcentanje que afecta a la cuantía, el límite rentas e ingresos opera como te dice Fernando para acceder a los complementos de mínimos.

Lo tienes que ver en la TRLGSS, en RD 1795/2003 y otro Decreto de 1966 (que en el de 2003 ya te cita por mejora el mismo).
 

JmBueno

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FERNANDO dijo:
No, salvo que haya complemento a mínnimos
Sandrita dijo:
Si la cuantía de la pensión de viudedad es el 70% de la base reguladora y no el porcentaje general del 52% si hay limite de rendimientos, es uno de los 3 requisitos para que sea aplicable el 70%, si dejas de reunir uno de los 3 requisitos pasas a percibir el 52%.

Además de para determinar porcentanje que afecta a la cuantía, el límite rentas e ingresos opera como te dice Fernando para acceder a los complementos de mínimos.

Lo tienes que ver en la TRLGSS, en RD 1795/2003 y otro Decreto de 1966 (que en el de 2003 ya te cita por mejora el mismo).


Muchas gracias! Un saludo
 
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