Saralaboral2
Miembro activo
Hola
Tengo una duda de como mecanizar esta circunstancia.
Es una empresa con erte FM vigente a 01/10/20, como es un bar y para que tenga exoneraciones solicitamos erte de limitación con fecha 01/10/2020, nos lo aceptan.
Que ocurre que a fecha 01/10/20 comunique la continuidad de 3 trabajadores, a fecha 16/10/20 tuve que comunicar de 6 trabajadores volvían al erte.
todo esto esta procesado ok. PEro como me conceden el erte de limitación y es otro tipo de registro con fecha de resolución distantas tendría que pasar los trabajadores a este nuevo erte, me refiero a las comunicaciones del XML- PROCERE.
Entonces, para ello tengo que hacer un envio de anulación del 1r erte FM y hacer un envio con el 2n erte limitación??
O como comunico que el numero de erte es distinto y las fechas de resolución distintas?
Entendeis lo que quiero decir?
Tengo una duda de como mecanizar esta circunstancia.
Es una empresa con erte FM vigente a 01/10/20, como es un bar y para que tenga exoneraciones solicitamos erte de limitación con fecha 01/10/2020, nos lo aceptan.
Que ocurre que a fecha 01/10/20 comunique la continuidad de 3 trabajadores, a fecha 16/10/20 tuve que comunicar de 6 trabajadores volvían al erte.
todo esto esta procesado ok. PEro como me conceden el erte de limitación y es otro tipo de registro con fecha de resolución distantas tendría que pasar los trabajadores a este nuevo erte, me refiero a las comunicaciones del XML- PROCERE.
Entonces, para ello tengo que hacer un envio de anulación del 1r erte FM y hacer un envio con el 2n erte limitación??
O como comunico que el numero de erte es distinto y las fechas de resolución distintas?
Entendeis lo que quiero decir?