yo ya cierro el chiringuito

NOEMI

Miembro conocido
me acaba de enviar el cole:

1.- ¿Se deben notificar con carácter previo las desafectaciones temporales, parciales, o a las modificaciones en el porcentaje de reducción de jornada de los ERTES COVID-19 mediante el asistente de creación de ficheros de certific@2  Asistente de creación de ficheros xml para procedimientos ERE (Orden ESS/982/2013)?
      Sí, se deben comunicar tal y como se informa en la página web para su tratamiento por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

              Si la forma de notificación es la anterior, se debe tener en consideración que dentro de la forma excepcional de tramitación de los ERTE-COVID-19, las empresas no han dado de alta los ERTE certific@2, atendiendo las indicaciones del propio SEPE. La forma de notificación NO es la que antecede. Lo anterior es una información para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, independiente de la información que se ha de proporcionar al SEPE para la tramitación y pago de la prestación por desempleo que corresponde a cada trabajador. Es decir, una notificación es para el pago y otra para el control por parte de la Inspección. Esta provincia no tiene conocimiento de haber indicado a ninguna empresa que no debe notificar las desafectaciones y las variaciones de los ERTES.


De verdad que alucino

 

BLS

Nuevo miembro
FERNANDO dijo:
¿Y el alta inicial?

              2.- ¿Cómo se puede tramitar las desafectaciones, modificaciones de jornada y las variaciones de las mismas a través del Asistente de creación de ficheros xml para procedimientos ERE (Orden ESS/982/2013) cuando las empresas no han dado de alta a los ERTE en certifc@2? Las desafectaciones se notifican tal y como se indica en la web, a través de la cumplimebtación de la hoja Excel publicada en nuestra web, siempre que la empresa no haya enviado calendarios a través de certific@2. No obstante lo anterior, si las desafectaciones son temporales, es decir, si lo que se trata de comunicar son calendarios de períodos de actividad, necesariamente la información debe tramitarse a través de certific@2 mediante el envío de ficheros XML, sin necesidad de cumplimentar las hojas Excel publicadas en la web

cortesía de NOEMI

O yo no me entero, o no contestan la pregunta?...
 

msalem

Miembro
al final habrá que presentar el dichoso alta XML, aún en fuera de plazo para poder realizar las variaciones, por lo menos para los ertes que continúen
 

marblu

Miembro
Buenos días: No consigo saber cuantas altas llegué a presentar, sé que también dejé de hacerlo, pero no consigo saber cuales presenté ¿en dónde lo puedo mirar? No lo encuentro.
Muchas gracias!
 

Vhaidran

Miembro
msalem dijo:
al final habrá que presentar el dichoso alta XML, aún en fuera de plazo para poder realizar las variaciones, por lo menos para los ertes que continúen

Pero, ¿Va a dejar el sistema del SEPE que presentemos algo fuera de plazo, o lo va a rechazar?

Yo quiero llorar...
 

msalem

Miembro
estoy haciendo al alta inicial de algunos y, al menos el alta me viene procesado, las variaciones por XML fuera de plazo no las he realizado aún, he realizado las variaciones por redsara en plazo con sus horarios para tener constancia
 

Suma

Miembro
ME han pasado un resumen de comunicaciones ERTE del Consejo, en el que dice que si la empresa incorpora a algun trabajador a jornada compeltea con o sin peculiaridades, se comunica a traves de certific@2 para comunicar los periodos de actividad.

Yo no me entero ya de nada.
 

msalem

Miembro
Según las instrucciones del sepe o al menos lo que yo entendí, si se incorpora al 100% de su jornada, no había que enviar periodos de actividad, salvo que salga y entre del erte en el mes …. mira yo no puedo con esto ya!
 

Suma

Miembro
msalem dijo:
Según las instrucciones del sepe o al menos lo que yo entendí, si se incorpora al 100% de su jornada, no había que enviar periodos de actividad, salvo que salga y entre del erte en el mes …. mira yo no puedo con esto ya!
Correcto, esa interpretacion hacemos en el despacho.
 

Rapaz

Nuevo miembro
Es increíble que tengamos este drama ahora cuando con los dichosos Excel y los registros de jornada ya tienen toda la información necesaria, esos dos elementos son los verdaderos periodos de actividad.

¿O es que se me escapa algo? ¿Quizá que el SEPE no da a basto con los Excel y por eso la Inspección no tiene información actualizada para sancionar? ¿Quizá que tampoco es el momento más indicado para ponerse a ello pero hay que empezar a recaudar a saco?
 
Arriba