ERTE IMPEDIMENTO A ERTE LIMITACION

Juani

Miembro
Hola!

Me acaba de llegar un cliente nuevo esta mañana, otro restaurante...viene con un ERTE impedimento desde el 21-1-21 porque se decretó el cierre de la hostelería en la comunidad valenciana. El 1-3-21 ya podría haber vuelto a abrir el restaurante, y tiene a 2 trabajadoras en suspensión de contrato.

Es la primera vez que tengo un erte impedimento, por lo que me pregunto:

¿Si ha desaparecido la causa de impedimento (ya pueden abrir), debería de comunicar la transición de un ERTE impedimento a limitación?

Las trabajadoras continuan en suspensión de contrato y es el autonomo el que de momento está trabajando.

Gracias de antemano!
 

toni

Miembro conocido
Hola!

Me acaba de llegar un cliente nuevo esta mañana, otro restaurante...viene con un ERTE impedimento desde el 21-1-21 porque se decretó el cierre de la hostelería en la comunidad valenciana. El 1-3-21 ya podría haber vuelto a abrir el restaurante, y tiene a 2 trabajadoras en suspensión de contrato.

Es la primera vez que tengo un erte impedimento, por lo que me pregunto:

¿Si ha desaparecido la causa de impedimento (ya pueden abrir), debería de comunicar la transición de un ERTE impedimento a limitación?

Las trabajadoras continuan en suspensión de contrato y es el autonomo el que de momento está trabajando.

Gracias de antemano!


Deberias pasarlos a limitacion aunque dejes los trabajadores suspendidos... Yo tambien soy de Valencia y asi lo he comunicado a la AL.
 

Juani

Miembro
Ya lo tengo comunicado a la AL y en TGSS con la declaración responsable y cambios de inactividad.

Al SEPE se deben enviar periodos de actividad, o al seguir en suspensión no comunico nada?

Gracias de nuevo!
 

MarLo

Miembro conocido
Hola, me estreno por aquí, contestando a esta cuestión y comentando que gracias a este foro he sobrevivido (por ahora) a un año de infierno. A través de lo que se comentáis he resuelto muchas dudas y me he sentido más acompañado en las penas y las glorias. Gracias a todos y todas.

Sobre la cuestión: la duda creo que es si se envió el excell de la solicitud colectiva (en esas fechas de enero aún se enviaban las solicitudes colectivas, por lo menos yo sí que envié alguna...).Si se envío y no se enviaron los periodos de actividad, mi opinión es que no hace falta tocar nada ya que para el sepe sigue siendo erte de fuerza mayor (con suspensión) y no les importa tanto que sea impeditivo o limatación (no está de más saber si ya cobraron para asegurarse de que está todo ok). Pero ante la duda de lo que hizo la anterior asesoría, yo enviaría los periodos de actividad, sabiendo que una vez que los envías tienes que seguir enviándolos. Como se suele decir... salvo mejor opinión
 

toni

Miembro conocido
si no lo has mandado nunca, no hace falta, eso si, si los mandas ahora hazlo siempre.
 

Juani

Miembro
Muchas gracias chicos, me informa la anterior asesoría que no ha enviado nunca periodos de actividad, por lo que hasta que no se reincorporen no los enviaré al SEPE.

Gracias!!
 
Arriba