hosteleria

olgaesro

Miembro
Esto que llegó sobre el convenio de hostelería, qué concepto puedo poner en la nómina para pagarle esos 20 euros mensuales.

Gracias.

El nuevo Convenio de Hostelería de Madrid obliga a las empresas a formar a su plantilla y acreditarlo antes del 31 de diciembre​

Si las empresas no forman a las personas trabajadoras deberán abonar un Plus Compensatorio de 240 € anuales.
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El pasado 6 de abril de 2024 se publicó la resolución sobre el nuevo texto del Convenio Colectivo del sector de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid.

En su artículo 31. Plus Compensatorio de Formación, se OBLIGA a acreditar que las personas trabajadoras participan en alguna formación, siempre que, como mínimo, presten servicio 90 días en la empresa. Esto debe acreditarse antes del 31 de diciembre de cada año.

Si no lo acreditan tendrán que pagar un Plus compensatorio de 20€ mensuales a cada persona trabajadora (240 € anuales), salvo que la persona, de forma voluntaria, haya declinado realizar la formación sin causa justificada.
 

MonMont

Nuevo miembro
Buenos días, tengo un caso en el que han realizado una formación, evitando abonar el plus compensatorio. No obstante, la empresa formadora le indica que tenemos que presentar obligatoriamente en la Comunidad de Madrid el certificado de formación. ¿Sabéis si eso es así? Tengo el certificado de la realización del curso, pero no veo ninguna vía en la Comunidad de Madrid dónde podamos presentar el justificante. Muchas gracias de antemano
 

toni

Miembro conocido
Esto que llegó sobre el convenio de hostelería, qué concepto puedo poner en la nómina para pagarle esos 20 euros mensuales.

Gracias.

El nuevo Convenio de Hostelería de Madrid obliga a las empresas a formar a su plantilla y acreditarlo antes del 31 de diciembre​

Si las empresas no forman a las personas trabajadoras deberán abonar un Plus Compensatorio de 240 € anuales.
ADKq_NaOqJiybcFc0aGhLRNZy6yR9ltOqMXD9_vVdkatYEKkOiz9e4KhwsXSa1Mvy-p7TZqQMh5xJMSa2aA4KSGf8JWqiXez-F2apvBJ_7nIRgurzgLtS70WGOVFmUNf7vDHhUdGYEl5avQ=s0-d-e1-ft
El pasado 6 de abril de 2024 se publicó la resolución sobre el nuevo texto del Convenio Colectivo del sector de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid.

En su artículo 31. Plus Compensatorio de Formación, se OBLIGA a acreditar que las personas trabajadoras participan en alguna formación, siempre que, como mínimo, presten servicio 90 días en la empresa. Esto debe acreditarse antes del 31 de diciembre de cada año.

Si no lo acreditan tendrán que pagar un Plus compensatorio de 20€ mensuales a cada persona trabajadora (240 € anuales), salvo que la persona, de forma voluntaria, haya declinado realizar la formación sin causa justificada.
Pues plus compensatorio sirve
 

Alexia

Miembro activo
Pues plus compensatorio sirve
Cada vez más convenios provinciales de hostelería recogen este plus. En A Coruña y Lugo también lo hay. No he leído el convenio de Madrid pero si sólo pone eso al menos es en beneficio de los trabajadores, en A Coruña si la empresa se asocia a una asociación empresarial representativa del sector no tiene que abonarlo, os imaginaréis cómo han crecido en asociados las asociaciones de hostelería no?? Pues eso. Y por supuesto, si haces formaciones con los sindicatos más representativos tampoco hay que abonarlo, vamos, de coña
 

Siux

Miembro
Buenos días, retomo este tema. Las empresas que no hayan realizado formación tendrán que abonar el plus compensatorio, pero me surgen dos dudas:
- Supongo que no es aplicable la proporción a jornada trabajada sino que es un importe fijo para todos los trabajadores independientemente de la jornada que realicen.
- Los trabajadores que se incorporen en 2025 sólo tendrán ese plus en 2026 en el caso de que en 2025 no se les haya proporcionado formación ¿Lo veis así?
 
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