DUDA ENCUADRAMIENTO.

Marios1

Miembro
Buenos días,

Expongo caso de encuadramiento:

1.- Socio con 25% + administrador de la sociedad, esta claro que tiene que encuadrarse en RETA.
2.- Cónyuge y convivencia, trabaja en régimen general en la empresa.

Mi duda es, al haber convivencia, se le suman las participaciones del cónyuge, en este caso tendría 25%, pero al no ser administradora, ¿Se quedaría bien encuadrada en régimen general, o tendría que ir a RETA?

Muchas gracias de antemano,

Un saludo!!
 

RGG1980

Miembro activo
Pues no lo veo tan claro aunque de lo que dice toni y charo siempre lo pongo casi como palabra de memento.

Yo creo que no estamos en el caso del 305.2.B.3º Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad

La conyugue dice que tiene un 25% que sumado al 25% de su marido que es administrador suman un 50% por lo que no estaria en el caso de :

Socia, que presta servicios y tiene control efectivo ya que 25% + 25 % = 50 % (articulo 305.2.Bº1ºQue, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado
 

NOEMI

Miembro conocido
Pero ella tiene el 25?
si ella tiene el 25 debe ser autónoma porque la suma de ambos hacen un 50
yo creo que los compis han pensado que solo tenia el un 25 y ella 0
 

toni

Miembro conocido
Pues no lo veo tan claro aunque de lo que dice toni y charo siempre lo pongo casi como palabra de memento.

Yo creo que no estamos en el caso del 305.2.B.3º Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad

La conyugue dice que tiene un 25% que sumado al 25% de su marido que es administrador suman un 50% por lo que no estaria en el caso de :

Socia, que presta servicios y tiene control efectivo ya que 25% + 25 % = 50 % (articulo 305.2.Bº1ºQue, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado
Pero ella tiene el 25?
si ella tiene el 25 debe ser autónoma porque la suma de ambos hacen un 50
yo creo que los compis han pensado que solo tenia el un 25 y ella 0
Opino como Noemi.


Es que no dice que ella tiene el 25% o yo no lo veo... Si tb lo tiene RETA, a ver si @Marios1 nos saca de dudas...
 

Marios1

Miembro
Ella no tiene ningún porcentaje, pero al ser cónyuge y al haber convivencia, entiendo que si que tiene que estar en RETA, ya que el tiene el 25% del capital social y es administrador (control efectivo de la sociedad).

IMAGEN RETA.jpg
 

Cachilipox

Miembro conocido
A ver, si no entendemos que una sociedad tiene personalidad jurídica propia e independiente de sus socios, no entendemos nada.
Las sociedades NO SON los socios.

En este caso, trabajadora NO socia, que de forma indirecta solo tiene un 25 % por convivencia, y no desarrolla (ella) absolutamente ninguna función directiva ni gerencial, RG normalito del todo.
 

Marios1

Miembro
A ver, si no entendemos que una sociedad tiene personalidad jurídica propia e independiente de sus socios, no entendemos nada.
Las sociedades NO SON los socios.

En este caso, trabajadora NO socia, que de forma indirecta solo tiene un 25 % por convivencia, y no desarrolla (ella) absolutamente ninguna función directiva ni gerencial, RG normalito del todo.
Yo entiendo que si por ejemplo, el cónyuge tuviera un 50% si que habría que encuadrarla por poseer control efectivo.

Y en este caso, al poseer el cónyuge el 25% y ser administrador, que ahí es donde esta la clave, es lo mismo que si tuviera el 50%.

No se si me estoy explicando la verdad, pero no lo tengo claro del todo.
 
Última edición:

RGG1980

Miembro activo
Es que no dice que ella tiene el 25% o yo no lo veo... Si tb lo tiene RETA, a ver si @Marios1 nos saca de dudas...
fallo mio,
al leer he entendido que cuando decia ""al haber convivencia, se le suman las participaciones del cónyuge, en este caso tendría 25%, pero al no ser administradora" queria decir que ella tenia ya otro 25

Entonces si si es el 25 y ella 0, regimen general como tambien dijo toni (si es raro que este se equivoque)
Si es 25 + 25 entonces reta
 

toni

Miembro conocido
Yo entiendo que si por ejemplo, el cónyuge tuviera un 50% si que habría que encuadrarla por poseer control efectivo.

Y en este caso, al poseer el cónyuge el 25% y ser administrador, que ahí es donde esta la clave, es lo mismo que si tuviera el 50%.

No se si me estoy explicando la verdad, pero no lo tengo claro del todo.
Si solo tiene el 25%, la mujer al RG, creo que te estas liando un poco y da igual que sea el administrador que el alcalde del pueblo, no tiene el control efectivo con solo el 25%
 

toni

Miembro conocido
fallo mio,
al leer he entendido que cuando decia ""al haber convivencia, se le suman las participaciones del cónyuge, en este caso tendría 25%, pero al no ser administradora" queria decir que ella tenia ya otro 25

Entonces si si es el 25 y ella 0, regimen general como tambien dijo toni (si es raro que este se equivoque)
Si es 25 + 25 entonces reta
Me equivo y cada dia mas...
 

Marios1

Miembro
Si solo tiene el 25%, la mujer al RG, creo que te estas liando un poco y da igual que sea el administrador que el alcalde del pueblo, no tiene el control efectivo con solo el 25%
Es posible que me esté liando un poco si, ¿pero si tiene el 25% + administrador si tiene control efectivo de la sociedad no?


Control efectivo..png
Lo que yo entiendo, que no se si estoy equivocado es, cónyuge y convivencia con de socio con control efectivo, que presta servicios para la sociedad, va si o si encuadrada en RETA.
 

Elena-Z

Miembro conocido
La socia no tiene nada. Y con su marido tiene el 25%. Ella no es administradora. Luego entonces, Régimen General.

El socio tiene el 25% y además es administrador. Reta.
 

RGG1980

Miembro activo
Que si ella tiene 0% y su marido 25% entones estas en el punto 3. ya que segun tu ella tiene 0 y no tienes direccion y gerencia.

si por contra ella tuviera 0, el marido 25% y a ella le dieran direccion y gerencia entonces estariamos en reta

y si la chica se divorciara y tuviera direccion y gerencia y 0 capital, estarimos en asimilados
 

Marios1

Miembro
Ella no tiene ningún porcentaje, pero al ser cónyuge y al haber convivencia, entiendo que si que tiene que estar en RETA, ya que el tiene el 25% del capital social y es administrador (control efectivo de la sociedad).

Ver el archivos adjunto 4137
Pero es que aquí dice que el cónyuge del empresario (que posea control efectivo , en este caso 25% + administrador) va encuadrado en reta, de ahí mi duda, pero bueno, si todos opináis lo contrario, seguro que es lo correcto, muchísimas gracias a todos.
 
Arriba