La empresa deberá tratará de hacer valer elementos suficientes como para despejar cualquier sospecha de que la despide por haber estado de baja. Y la verdad es que con eso debería tener buena parte del trabajo necesario para defender la procedencia del despido, pero ahí ya... la empresa sabrá.Hola,
Si la empresa tiene la intención de reconocer la improcedencia en el acto de conciliación y hay pagarla la indemnización que le corresponde, por lo que entiendo que lo mejor sería en la carta de despido indicar que se le despide por el hecho del otro trabajo y así evitar la nulidad?
Un saludo
No estamos ante un supuesto de nulidad objetiva, como sucede en el caso de trabajadora emabarazada (en el que el despido o es procedente o es nulo). En este caso cabe la improcedencia, pero con la precaución de haber desvirtuado la posible presunción como despedir a base a una causa discriminatoria como puede ser el estado de salud.
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