DESPIDO DISCIPLINARIO IMPROCEDENTE ¿audiencia previa?

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola,

Si la empresa tiene la intención de reconocer la improcedencia en el acto de conciliación y hay pagarla la indemnización que le corresponde, por lo que entiendo que lo mejor sería en la carta de despido indicar que se le despide por el hecho del otro trabajo y así evitar la nulidad?

Un saludo
La empresa deberá tratará de hacer valer elementos suficientes como para despejar cualquier sospecha de que la despide por haber estado de baja. Y la verdad es que con eso debería tener buena parte del trabajo necesario para defender la procedencia del despido, pero ahí ya... la empresa sabrá.
No estamos ante un supuesto de nulidad objetiva, como sucede en el caso de trabajadora emabarazada (en el que el despido o es procedente o es nulo). En este caso cabe la improcedencia, pero con la precaución de haber desvirtuado la posible presunción como despedir a base a una causa discriminatoria como puede ser el estado de salud.
 
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VaneAlon

Miembro conocido
La empresa deberá tratará de hacer valer elementos suficientes como para despejar cualquier sospecha de que la despide por haber estado de baja. Y la verdad es que con eso debería tener buena parte del trabajo necesario para defender la procedencia del despido, pero ahí ya... la empresa sabrá.
No estamos ante un supuesto de nulidad objetiva, como sucede en el caso de trabajadora emabarazada (en el que el despido o es procedente o es nulo). En este caso cabe la procedencia, pero con la precaución de haber desvirtuado la posible presunción como despedir a base a una causa discriminatoria como puede ser el estado de salud.
Hay algún problema en que la empresa haya visto en el ordenador de la trabajadora esos correos, quiero decir por tema de protecccion de datos o algo similar....
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hay algún problema en que la empresa haya visto en el ordenador de la trabajadora esos correos, quiero decir por tema de protecccion de datos o algo similar....
Depende de la política de seguridad de la empresa, de cómo tenga definido y publicado (o puesto en conocimiento de los interesados) el uso de este tipo de herramientas y la posibilidad de control por parte de la empresa.
No todo vale, pero, según cómo se hayan definido y puesto en conocimiento ciertas cosas, pueden ser lícitos ciertos controles, o no.
 

VILA100

Miembro conocido
Hay algún problema en que la empresa haya visto en el ordenador de la trabajadora esos correos, quiero decir por tema de protecccion de datos o algo similar....
Eso iba a decir…que cuidado con esto. Si no ha dado permiso / conoce que se le va a revisar el correo la prueba sería nula. Es más…si ha vinculado el correo personal al de la empresa, como me parece haber entendido, el asunto tiene muy mala pinta ( la prueba me refiero)

Salu2
 
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