Agotamiento 545 días- contrato de sustitución

Buenos días:

Tras la reciente publicación de boletín red 7/2025 donde se indica a modo de resumen que no es válido un único contrato de sustitución para cubrir varias situaciones (maternidad, descanso...) se me plantea la duda en los contratos de sustitución de trabajadores que estan sustituyendo a un trabajador por incapacidad temporal, si a éste le damos de baja por agotamiento de los 545 días, ¿creeis que al sustituto también habría que darle de baja y hacer un nuevo contrato con causa nueva?
Yo entiendo que no, porque el trabajador sustituido sólo le cambia su situación de no cotizar por él la empresa, pero me gustaria saber vuestra opinión.

Gracias
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Hola, mientras no obliguen a meter en NAF de la persona sustituida para los casos que comentas (el de suplir una IT normal), yo no veo necesidad. La tesorería no puede saber a quién esta sustituyendo. otra cosa es que empiecen a obligar el poner dicho dato.
Incluso cuando sea obligatorio meter el NAF.. entiendo que el contrato con una IT normal debe ser válido ya que el interino el contrato que tiene debe tener marcado "Sustituir a trabajadores/as con derecho a reserva del puesto de trabajo" y aunque pasen los 545 días la reserva la sigue teniendo si hay que hacer otro contrato que expliquen donde está la variación... acaso el sustituido ha perdido la reserva a los 545..no veo en el contrato de interinidad que causa distinta a la que tiene para hacer un contrato nuevo.... los boletines red 1% aclaran 99% enmarronan
 

yujurl

Miembro activo
Incluso cuando sea obligatorio meter el NAF.. entiendo que el contrato con una IT normal debe ser válido ya que el interino el contrato que tiene debe tener marcado "Sustituir a trabajadores/as con derecho a reserva del puesto de trabajo" y aunque pasen los 545 días la reserva la sigue teniendo si hay que hacer otro contrato que expliquen donde está la variación... acaso el sustituido ha perdido la reserva a los 545..no veo en el contrato de interinidad que causa distinta a la que tiene para hacer un contrato nuevo.... los boletines red 1% aclaran 99% enmarronan
Otro contrato no, pero quizá hacer una variación de datos en la tesorería. De acuerdo totalmente con lo de los boletines red
 

yujurl

Miembro activo
y que variación de datos tendría que hacer..que tendría que variar??..me interesa saberlo porque en algo estoy perdido..gracias
La clave de sustitución. Si ponen una clave específica para indicar que es por una IT, si como dicen van a controlarla... no sé, a lo mejor ponen otra. Entiendo que todo esto tendrán que explicarlo (y luego nosotros interpretarlo)... pero a saber

La cuestión es que si dicen que van a controlar lo de las sustituciones de IT, por narices será obligatorio poner NAF del sustituido y entiendo que alguna clave como se pone en los de maternidad por ejemplo.
 
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