Audiencia previa a un despido

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

A ver si alguien me puede ayudar , queremos realizar un despido procedente a un trabajador y realizar el tramite de audiencia para que presente sus alegaciones, pero me surge unas dudas:

- Si le damos un plazo de 2 días para presentar sus alegaciones ¿durante estos días el trabajador sigue yendo a trabajar?
- Si se le da la carta un viernes,¿ el plazo de los 2 días comienza a contar desde el dia de la entrega de la carta por lo tanto en el fin de semana o sería a partir del lunes.?
- Y en el caso de que se le de la carta justo al inicio de sus vacaciones ¿cuando comienza el plazo de alegaciones?.

Un saludo.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Buenos días,
Lo había leído, entiendo que el entregarle la carta un viernes ¿lo considerarían también actuar de mala fe ?
Los días de trámite de audiencia son laborables, por lo que serían lunes y martes. Lo que no es recomendable es entregar la carta justo al inicio de las vacaciones, porque el plazo de alegaciones quedaría paralizado y no empezaría a correr hasta la reincorporación. De lo contrario, podría alegarse indefensión, ya que durante las vacaciones el trabajador no puede ejercer efectivamente su derecho de defensa.
Durante los dos días de trámite de audiencia el trabajador debe seguir acudiendo a su puesto de trabajo, salvo que la empresa le indique lo contrario (por ejemplo, concediéndole vacaciones o dandole permiso retribuido)
 

VaneAlon

Miembro conocido
Los días de trámite de audiencia son laborables, por lo que serían lunes y martes. Lo que no es recomendable es entregar la carta justo al inicio de las vacaciones, porque el plazo de alegaciones quedaría paralizado y no empezaría a correr hasta la reincorporación. De lo contrario, podría alegarse indefensión, ya que durante las vacaciones el trabajador no puede ejercer efectivamente su derecho de defensa.
Durante los dos días de trámite de audiencia el trabajador debe seguir acudiendo a su puesto de trabajo, salvo que la empresa le indique lo contrario (por ejemplo, concediéndole vacaciones o dandole permiso retribuido)
Y si la empresa le ofrece vacaciones , el trabajador ¿tiene obligación de aceptarlas?, es que mi cliente no quiere que este por la empresa.
Si en esos días que se le ofrece si no he entendido mal en el anterior post si el trabajador comienza un periodo de IT no hay ningún problema en realizar el despido, ¿es así?
 

Naialaboral

Miembro conocido
Y si la empresa le ofrece vacaciones , el trabajador ¿tiene obligación de aceptarlas?, es que mi cliente no quiere que este por la empresa.
Si en esos días que se le ofrece si no he entendido mal en el anterior post si el trabajador comienza un periodo de IT no hay ningún problema en realizar el despido, ¿es así?
el trabajador puede negarse... aunque no creo que lo haga... si el trabajador se coge la IT despúes de entregarle la carta de trámite de audiencia puede despedirle igual, ya que tú ya has avisado de la apertura del trámite de audiencia antes de que se coja esa IT

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