DESPIDO IMPROCEDENTE FIJO-DISCONTINUO

VaneAlon

Miembro conocido
Buenas tardes,

Me surge una duda si se realiza un despido improcedente a un trabajador con contrato fijo-discontinuo, ¿Se puede reconocer en la carta la improcedencia? o ¿hay que ir a acto de conciliación?

Un saludo.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Buenas tardes,

Me surge una duda si se realiza un despido improcedente a un trabajador con contrato fijo-discontinuo, ¿Se puede reconocer en la carta la improcedencia? o ¿hay que ir a acto de conciliación?

Un saludo.
Actualmente con ningún tipo de contrato se puede reconocer la improcedencia en la carta de despido, tiene que ir a acto de conciliación.
 
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Wastual

Miembro conocido
Que el contrato a extinguir sea un FD no cambia la "regla general": la improcedencia "debe" -mejor dicho: es altamente recomendable para evitar tanto la posible pérdida de la exención de la indemnización en el IRPF, como la hipotética consideración, en el ámbito prestacional y laboral, del mismo como "fraudulento" por haber sido acordado entre las partes de mutuo acuerdo- reconocerse en acto de conciliación.
 
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