FESTIVOS EN DÍAS DE DESCANSO SEMANAL: SE RECUPERAN POR SENTENCIA DEL TS

MarLo

Miembro conocido
He visto que esto puede interesar, porque es reciente y en otro hilo me pareció que no se tenía en cuenta, y ahora mismo se me escapa si se comentó o no en el foro. Si ya se comentó disculpad la reiteración, pero me parece una sentencia bastante importante...

El TS en sentencia reciente (30/04/2025), sin amparo en ningún convenio de referencia, a pelo con el ET

Aquí una noticia de Grupo2000 en dónde lo explican bastante bien:
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Y aquí la sentencia de 30 de abril de 2025

 

Naialaboral

Miembro conocido
He visto que esto puede interesar, porque es reciente y en otro hilo me pareció que no se tenía en cuenta, y ahora mismo se me escapa si se comentó o no en el foro. Si ya se comentó disculpad la reiteración, pero me parece una sentencia bastante importante...

El TS en sentencia reciente (30/04/2025), sin amparo en ningún convenio de referencia, a pelo con el ET

Aquí una noticia de Grupo2000 en dónde lo explican bastante bien:
Ver el archivos adjunto 4546


Y aquí la sentencia de 30 de abril de 2025

gracias
 

MarLo

Miembro conocido
Afecta entre otras cosas, por ejemplo, y me interesa conocer tu punto de vista y el de los otros compañeros, a los próximos festivos que caen en sábado 1 de noviembre y sábado 6 de diciembre, para aquellos sectores que es costumbre hacer descanso sábado y domingo (trabajos administrativos y oficinas) o fábricas con la producción parada el fin de semana. Habitualmente estos días se daban por perdidas pero ahora ya no.
 

Bruma

Miembro activo
Por lo que he entendido, la sentencia se refiere a casos en que siendo la jornada de lunes a sábado o de lunes a domingo, los días de descanso se realizan de lunes a viernes. Y eso no afectaría, por tanto, al personal cuya jornada es de lunes a viernes.
 

MarLo

Miembro conocido
Por lo que he entendido, la sentencia se refiere a casos en que siendo la jornada de lunes a sábado o de lunes a domingo, los días de descanso se realizan de lunes a viernes. Y eso no afectaría, por tanto, al personal cuya jornada es de lunes a viernes.
hola, gracias por tu opinión, la sentencia en su "solución al debate" parece fijar los términos de la resolución, más allá del caso que está enjuiciando

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