A PARTIR DEL 01-01-2026 PPSC PARA TODOS SIN EXCEPCIONES...

TOÑITA

Miembro activo
Yo las empresas que tengo ya tenían el plan de pensiones, pero ahora en Madrid, con una actualización del convenio que ha salido habla de un plus de incentivo de obra por 147€ mensuales ( 7€ por día laborable) que entra en vigor ya. Entiendo que hay que hacer regularizaciones desde el 1 de Enero de 2025 ¿? Esto es un no parar...
Este plus no es con efecto septiembre 2025.
 

TOÑITA

Miembro activo
Este plus(atrasos) se podría pagar en la nómina de enero 2026 con efecto 09-2025.

Si la publicación en el BOCM se produce entre los días 1 y 15 del mes, la entrada en vigor será el día uno del mes siguiente al de publicación.
Si la publicación en el BOCM se produce entre los 16 al último del mes , la entrada en vigor se producirá el día 1 mes siguiente a los treinta dias naturales transcurridos desde la publicación en el BOCM


Es por dar tiempo a que se publiquen las tablas salariales
 

Dolores

Nuevo miembro
En el BOE del día 10 de diciembre lo que veo es que para 2025 se aplicaría sobre el importe de 2024 un 0,4+0,5. Por más vueltas que le doy no veo cómo llegan a esas cifras. Y la redacción es absurdamente redundante, pero ese es otro tema.
"c)  En 2024, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2024 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.
d)  En 2025, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más el importe correspondiente a la cantidad resultante de aplicar un 0,40 por ciento sobre los conceptos salariales de las tablas vigentes en el ejercicio del 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, en conformidad con lo dispuesto en la cláusula de garantía salarial prevista en el apartado 4 del artículo 55 del presente convenio, y más un 0,50 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, una vez aplicada la cláusula de garantía salarial anteriormente mencionada, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2025 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.
e)  En 2026, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más el importe correspondiente a la cantidad resultante de aplicar un 0,40 por ciento sobre los conceptos salariales de las tablas vigentes en el ejercicio del 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, en conformidad con lo dispuesto en la cláusula de garantía salarial prevista en el apartado 4 del artículo 55 del presente convenio, más un 0,50 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, una vez aplicada la cláusula de garantía salarial anteriormente mencionada, y más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2025 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2026 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente."
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
En el BOE del día 10 de diciembre lo que veo es que para 2025 se aplicaría sobre el importe de 2024 un 0,4+0,5. Por más vueltas que le doy no veo cómo llegan a esas cifras. Y la redacción es absurdamente redundante, pero ese es otro tema.
"c)  En 2024, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2024 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.
d)  En 2025, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más el importe correspondiente a la cantidad resultante de aplicar un 0,40 por ciento sobre los conceptos salariales de las tablas vigentes en el ejercicio del 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, en conformidad con lo dispuesto en la cláusula de garantía salarial prevista en el apartado 4 del artículo 55 del presente convenio, y más un 0,50 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, una vez aplicada la cláusula de garantía salarial anteriormente mencionada, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2025 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.
e)  En 2026, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más el importe correspondiente a la cantidad resultante de aplicar un 0,40 por ciento sobre los conceptos salariales de las tablas vigentes en el ejercicio del 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, en conformidad con lo dispuesto en la cláusula de garantía salarial prevista en el apartado 4 del artículo 55 del presente convenio, más un 0,50 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2024 del convenio colectivo que resulte de aplicación, una vez aplicada la cláusula de garantía salarial anteriormente mencionada, y más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2025 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2026 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente."
Si, a mí tampoco me cuadran mucho las subidas, pero lo dejé de lado por si estoy espesa estos días. Lo de la redacción, totalmente de acuerdo.

A veces da la impresión que lo hicieran a propósito para que no se entienda bien...
 

Naialaboral

Miembro conocido
Buenas tardes, Hoy se han publicado tablas salariales y de aportaciones a PPSC de 2025 y 2026 de La Rioja.
 

Archivos adjuntos

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CAMILA

Nuevo miembro
A partir del 1 de enero de 2026, todas las empresas del sector de la construcción en España estarán obligadas a contribuir al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción para la totalidad de sus trabajadores asalariados, con la única excepción de los autónomos. Así lo han acordado la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) y los sindicatos CC. OO. del Hábitat y UGT-FICA, eliminando la excepción prevista hasta ahora en el artículo 28.3 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. El acuerdo fue anunciado en la jornada «Experiencia práctica en la implementación del primer plan de pensiones de empleo simplificado sectorial», organizada por CNC, CEOE y UNESPA, y supone un hito en la protección social de los empleados del sector.

Este nuevo mandato obliga a las más de 71.900 empresas actualmente adheridas al Plan como entidades promotoras a realizar aportaciones para todos los empleados en plantilla, sin diferencias por nivel salarial ni fecha de incorporación. Según los datos presentados en el acto, hasta la fecha ya participan en el Plan 710.681 trabajadores, representando más del 90% de los empleados del sector. La cifra acumulada en derechos consolidados supera los 230 millones de euros, consolidando al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción como pionero en el ámbito nacional.

La eliminación de la excepción surge como resultado del proceso de negociación colectiva y del diálogo social entre las patronales y los sindicatos más representativos del sector, quienes valoran esta medida como imprescindible para hacer frente tanto a los desafíos demográficos como a las expectativas de bienestar y protección de los empleados de la construcción. "El plan de pensiones de la construcción puede convertirse en un auténtico faro para otros sectores", ha declarado el presidente de CNC, Pedro Fernández Alén, quien destacó la importancia del consenso alcanzado y su contribución a la modernización del sistema español de previsión social.

En cuanto a las condiciones económicas del nuevo acuerdo, la revisión salarial pactada hasta 2026 contempla un aumento del 7,25%, de los cuales un 0,75% se destinará específicamente a incrementar las aportaciones a este plan de pensiones sectorial. Para 2025, el incremento será del 4% (3,5% directo y 0,5% como aportación adicional al Plan), y para 2026 se prevé una subida del 3,25% (3% directo y 0,25% de aportación). Así, el desarrollo de la previsión social complementaria no solo busca estimular la jubilación, sino también convertirse en un factor de atracción para el empleo joven, femenino y migrante, en un sector caracterizado por tener retribuciones superiores a la media nacional.
Además, el acuerdo incluye la prórroga de la cláusula de garantía salarial para los años 2025 y 2026. Esta cláusula asegura que si el incremento total del IPC en ese periodo supera el 7,25%, hasta un máximo del 9,25%, se realizará una revisión salarial adicional en 2027, distribuyéndose al 50% entre nuevas subidas salariales y nuevas aportaciones al plan de pensiones, reforzando aún más el papel de este como instrumento clave de protección social.

Durante la jornada celebrada en Madrid, diversos responsables institucionales enfatizaron la importancia estratégica de este mecanismo. Mirenchu del Valle, presidenta de UNESPA, subrayó que “el desarrollo de la previsión social complementaria es una de las grandes asignaturas pendientes de España”. En este sentido, recordó que solo tres millones de trabajadores en el país están adscritos actualmente a un plan de pensiones de empleo, muy por debajo de los diez millones que el Gobierno se había propuesto alcanzar en la reforma acometida en 2022, y alertó de que la Comisión Europea ha señalado la urgente necesidad de promover el ahorro para la jubilación en toda Europa. Del Valle calificó el caso de la construcción como un “ejemplo a seguir para otros sectores de la economía española”.

No obstante, Rosa Santos, directora del Departamento de Empleo, Diversidad y Protección Social de la CEOE, lamentó que existan factores que “lastran el despegue” de otros planes similares, entre los que citó reformas impulsadas desde 2022 que han incrementado los costes laborales y reducido los márgenes de negociación colectiva, como los cambios en la prioridad de convenios autonómicos o el fracaso en la reducción legal de la jornada laboral. “Estas cuestiones dificultan que iniciativas tan importantes como esta de CNC, que son de futuro, no estén pudiendo despegar”, advirtió Santos.

La CNC ha querido remarcar que el éxito del Plan responde a la voluntad de diálogo social entre patronal y sindicatos, proporcionando certidumbre a las empresas y resultando en una mejora real del poder adquisitivo y la protección de los empleados. La organización patronal considera que avanzar conjuntamente contribuye tanto a la modernización como al fortalecimiento de un sector clave para el desarrollo económico y el bienestar social en España.

En cuanto a previsiones de futuro y a la vista de los retos de sostenibilidad del sistema público de pensiones, los promotores del acuerdo apuestan claramente por mecanismos complementarios que refuercen la jubilación de los trabajadores y aporten estabilidad al sistema, posicionando este Plan como punta de lanza y modelo para otros sectores.
Fuente: Confederación nacional de la construcción (CNC).
 

CAMILA

Nuevo miembro
Sabes si de construcción de Barcelona suben salarios en 2026??? Es que llegó una modificación Del convenio general pero no lo veo claro
 
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