Regularizacion 2024

Gestributs

Miembro activo

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha procedido al cálculo de las bases definitivas, correspondientes al año 2024, de las personas trabajadoras autónomas que estuvieron de alta durante al menos un día en dicho año, y que, hasta este momento, eran bases provisionales.
A las personas relacionadas en la página que podrá encontrar aqui se les va a realizar la regularización de sus cuotas al haberse comprobado que el promedio mensual de sus bases de cotización provisionales del año 2024 es superior a la base de cotización máxima del tramo de los rendimientos computables a estos efectos, según la información obtenida de las Administraciones Tributarias

No obstante, por encontrarse los citados trabajadores de alta el 31 de diciembre de 2022, podrán mantener como bases definitivas en el año 2024 aquellas por las que cotizó provisionalmente, con el límite del importe de su base de cotización de diciembre de 2022.

En el caso de que no ejercite expresamente esta opción, se entenderá que se opta por la base de cotización que corresponde según el cálculo de la TGSS.

A partir del 7 enero del 2025 recibirá el correspondiente escrito de notificación del trámite de audiencia, en el que se le informará de las vías para realizar la solicitud de opción de bases.

Esta información tiene carácter provisional, siendo la definitiva la que conste en el correspondiente escrito de notificación del trámite de audiencia así como en la correspondiente resolución administrativa.

Lo que se comunica a efectos de que pueda informar a las personas a las que representa, conforme a lo establecido en la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de Remisión Electrónica de Datos en el ámbito de la Seguridad Social, del alcance previsto, para cada caso, del proceso de regularización establecido en el artículo 308 LGSS.


Este correo ha sido generado de forma automática. Por favor, NO RESPONDA a este correo.

En caso de necesitar más información, puede contactar con la Tesorería General de la Seguridad Social llamando a los teléfonos 919087067 y 901203040 o a través de CASIA.

AVISO LEGAL DE CONFIDENCIALIDAD Y RESPONSABILIDAD: el contenido de este mensaje de correo electrónico, incluidos los ficheros adjuntos, es confidencial y está protegido por el artículo 18.3 de la Constitución Española, que garantiza el secreto de las comunicaciones. Este correo está dirigido sólo a la persona o entidad a la que se remite y puede contener material confidencial y / o privilegiado. Cualquier revisión no autorizada, uso, divulgación o distribución está prohibida. Si usted no es el destinatario, por favor, póngase en contacto con el remitente a través de los canales que indicamos en el párrafo anterior y destruya todas las copias del mensaje original. Si usted es el destinatario pero no desea recibir comunicaciones a través de este medio, el usuario principal de la Autorización RED deberá revocar el consentimiento previamente otorgado para la recepción de avisos informativos en el Servicio de Consulta y Modificación de Datos de Contacto ubicado en el menú de Gestión de Autorizaciones de la oficina virtual del Sistema RED.

 

Naialaboral

Miembro conocido

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha procedido al cálculo de las bases definitivas, correspondientes al año 2024, de las personas trabajadoras autónomas que estuvieron de alta durante al menos un día en dicho año, y que, hasta este momento, eran bases provisionales.
A las personas relacionadas en la página que podrá encontrar aqui se les va a realizar la regularización de sus cuotas al haberse comprobado que el promedio mensual de sus bases de cotización provisionales del año 2024 es superior a la base de cotización máxima del tramo de los rendimientos computables a estos efectos, según la información obtenida de las Administraciones Tributarias

No obstante, por encontrarse los citados trabajadores de alta el 31 de diciembre de 2022, podrán mantener como bases definitivas en el año 2024 aquellas por las que cotizó provisionalmente, con el límite del importe de su base de cotización de diciembre de 2022.

En el caso de que no ejercite expresamente esta opción, se entenderá que se opta por la base de cotización que corresponde según el cálculo de la TGSS.

A partir del 7 enero del 2025 recibirá el correspondiente escrito de notificación del trámite de audiencia, en el que se le informará de las vías para realizar la solicitud de opción de bases.

Esta información tiene carácter provisional, siendo la definitiva la que conste en el correspondiente escrito de notificación del trámite de audiencia así como en la correspondiente resolución administrativa.

Lo que se comunica a efectos de que pueda informar a las personas a las que representa, conforme a lo establecido en la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de Remisión Electrónica de Datos en el ámbito de la Seguridad Social, del alcance previsto, para cada caso, del proceso de regularización establecido en el artículo 308 LGSS.



Este correo ha sido generado de forma automática. Por favor, NO RESPONDA a este correo.

En caso de necesitar más información, puede contactar con la Tesorería General de la Seguridad Social llamando a los teléfonos 919087067 y 901203040 o a través de CASIA.

AVISO LEGAL DE CONFIDENCIALIDAD Y RESPONSABILIDAD: el contenido de este mensaje de correo electrónico, incluidos los ficheros adjuntos, es confidencial y está protegido por el artículo 18.3 de la Constitución Española, que garantiza el secreto de las comunicaciones. Este correo está dirigido sólo a la persona o entidad a la que se remite y puede contener material confidencial y / o privilegiado. Cualquier revisión no autorizada, uso, divulgación o distribución está prohibida. Si usted no es el destinatario, por favor, póngase en contacto con el remitente a través de los canales que indicamos en el párrafo anterior y destruya todas las copias del mensaje original. Si usted es el destinatario pero no desea recibir comunicaciones a través de este medio, el usuario principal de la Autorización RED deberá revocar el consentimiento previamente otorgado para la recepción de avisos informativos en el Servicio de Consulta y Modificación de Datos de Contacto ubicado en el menú de Gestión de Autorizaciones de la oficina virtual del Sistema RED.

Que bien... a mi no me ha llegado aún.. los reyes magos se adelantan...
 

yujurl

Miembro conocido
Una cosa que he visto, a los que mantuvieron por encima en 2023 por tenerla superior a 31/12/22 se les sigue permitiendo mantenerla (no lo tenia yo tan claro)
 

toni

Miembro conocido
Va chicos/as que estamos en navidad y sabiamos que esto iba a pasar....

Voy a escribir la carta a los reyes magos porque papa noel no esta ni se le encuentra..🤷‍♂️
 

Nessa

Miembro conocido
Hijos de su madre. Esto ya no es ni normativa, ni obligaciones ni nada. Es de ser mala persona. Me imagino al jefe o al que sea diciendo: enviadlo ya, a ver si les amargamos un rato.

Al menos estos son los de bases superiores... otra cosica es. A estos no les damos disgustos.

En fin. Yo aún estoy esperando que el dia 25 llegue alguna notificación de algo... que estos días están enviando muchas.
 

VOS64

Miembro activo
Hola, a ver si me podéis ayudar.
A un trabajador autónomo le ha llegado lo siguiente por parte de la Seg. Social.

La Tesorería General de la Seguridad Social debe proceder a la determinación de su base de cotización del año 2024 del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos en función de los rendimientos computables en ese año, calculados a partir de la información obtenida de las Administraciones Tributarias. Conforme a dicha información, y de acuerdo con los cálculos y resto de datos que figuran en este documento, el importe de la base de cotización definitiva del año 2024 debería ser de 816,98 euros. El promedio mensual de sus bases de cotización provisionales del año 2024 es de 1.043,21 euros. La base de cotización de 31 de diciembre de 2022 es de 960,60 euros. En consecuencia, siendo el promedio mensual de sus bases de cotización provisionales del año 2024 superior a la base de cotización determinada por los rendimientos computables a estos efectos y superior a la base de cotización de 31 de diciembre de 2022, puede Vd. OPTAR POR MANTENER, en el año 2024, como base de cotización definitiva la base de cotización de 31 de diciembre de 2022. La opción por mantener las bases de cotización correspondiente al 31 de diciembre de 2022, la deberá solicitar, hasta el último día del mes inmediatamente posterior a aquél en que se comunique este trámite, a través del Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social http://portal.segsocial.gob.es/ o, si dispone del mismo, a través del profesional autorizado al Sistema RED con el que tenga Vd. concertadas la realización de sus gestiones en materia de cotización a la Seguridad Social. No obstante lo indicado anteriormente, esta Tesorería General de la Seguridad Social, puede proceder, en su caso, a la tramitación de un expediente de devolución de oficio de las cuotas correspondientes a las diferencias entre la base de cotización correspondiente a 31 de diciembre de 2022 y el promedio de las bases de cotización provisionales del año 2024.

¿Qué significa eso de expediente de devolución de oficio? En este caso, ¿a cuánto ascendería la devolución?

Gracias.
 

yujurl

Miembro conocido
Le van a devolver si o si. Si opta por la de 2022, le van a devolver una base de 1043,21-960 = 83,21 y su opta por no mantenerla serán 1043,21-819,98=223,23

Suponiendo 12 meses de alta, la devolución para el primer caso sería mas o menos 83,21*12*0,313 = 312,54
Para el segundo caso 223,23*12*0,313 = 838,45
 

VOS64

Miembro activo
Le van a devolver si o si. Si opta por la de 2022, le van a devolver una base de 1043,21-960 = 83,21 y su opta por no mantenerla serán 1043,21-819,98=223,23

Suponiendo 12 meses de alta, la devolución para el primer caso sería mas o menos 83,21*12*0,313 = 312,54
Para el segundo caso 223,23*12*0,313 = 838,45
¿Y eso cómo se hace lo de optar por una u otra? Es el caso de un autónomo. ¿Que se lo diga a su asesoría y que le hagan ellos lo de optar por una u otra opción? Es que como leo lo de oficio...
Por cierto, Yujurl, el número que multiplicas 0,313, ¿de dónde sale?
Gracias por la respuesta.
 

yujurl

Miembro conocido
Hola tienes que entrar como pone en el documento:

1768414028358.png
Si es por RED con la opción del aplicativo, ahí te da la opción de elegir si quieres optar a la base superior a la que te correspondería (la de 2022). Si no haces nada, de oficio dan por hecho de que no optas a la base mayor y te ponen la que te corresponde por ingresos como definitiva y te hacen la devolución.

El porcentaje es la suma de los distintos porcentajes que se aplican (en un caso normal, sin nada raro, como tener exoneraciones etc) a la base para calcular la cuota (en el IDC se pueden ver)
 
Arriba