bonus

LABOR

Miembro activo
Trabajadores de una empresa han sido subrogados en una empresa nueva el1/1/2026 pero en la empresa anterior han generado un bonus correspondiente al 2025 que se paga ahora en enero. ¿Quién consideráis que debe hacer la complementaria L03? ( no me refiero a la responsabilidad solidaria...etc. sino a efectos prácticos con el sistema red y la TGSSS)
 

LABOR

Miembro activo
Eso entendía yo también pero llevo dos casias y cada uno de ellos me ha dicho lo contrario....no se por donde tirar...
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo entiendo que sería la otra empresa, pues si han sido subrogados y se debe corresponde a unos conceptos generados durante el ejercicio 2025 ¿como vas a cotizarlo en la nueva empresa si no estaban de alta? Únicamente, cabe en caso de que te obliguen en la nueva, que lo cotices en esta a lo largo del 2026, se lo pagas, les retienes el IRPF y luego creas una clave que solo cotice para distribuirlo durante todo el año. Es lo único que se me ocurre.
 

LABOR

Miembro activo
Me han llamado de Casia...se debe de hacer en la empresa donde se han generado los bonus, es decir, la empresa subrogada.
Gracias
 
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