El Asesor Laboral

N
Nando_bcn
Puede darse, cierto, pero será en aquellos casos en los que, como por ejemplo sucede con las pagas extras, en caso de no estar dado de alta durante todo el año (y ya no digo si, además, te exigen la condición, cuestionable, de estar de alta ya al año siguiente, en el momento del pago), tengas derecho a percibir la parte proporcional de lo teóricamente devengado.

Saludos.
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PEDRO
Gracias Nando, entiendo que sigue vigente esa interpretación y modo de cotizar.
Le va a pagar 6000 € en junio, por lo que se le abonaron4080€, el líquido descontanda la SS y el IRPF. Luego en las nóminas de junio a diciembre se abonarán 857,14€ (6000/7meses) como abono para cotizar y tributar, y se descuentan 582,85€ (4080/7meses).
P
PEDRO
¿Estaría correcto? Pues lo que no veo es pagarle el montante total de una vez.
Gracias Nando, que siempre respondes y ayudas a todos.
N
Nando_bcn
Puedes pagarle todo de una vez (y tributar por el IRPF también de una vez, en eso no hay problema). Respecto a la cotización... te iba decir que por los meses ya transcurridos desde enero, complementaria pero se ha incorporado más recientemente, ¿no?,
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