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yo le pediría un informe al servicio de prevención de riesgos para que hicieran una evaluación de los puestos de trabajo a ver si es posible la recolocación, que será que no, ya que seguramente no existirán otros puestos.
Le entregaría el informe junto con una explicación por escrito de que no...
Entiendo que sería in itinere siempre que podáis demostrar que ese era su horario de trabajo, mediante un registro de jornada o un acuerdo previo que hayan firmado con el horario excepcional de esa semana.
Lo del seguro del coche ni idea.
Estoy intentando hacerlo como representante y no me deja pasar pantalla porque me dice que los datos no coinciden con los del fichero general de afiliación. Esto es desesperante.
yo tambien entiendo que es desde que presenta la solicitud. Seguramente el trabajador está contando con sus 15 días y se va a plantar con 6.
Ahí ya las ganas que tenga la empresa de discutírselo...
Aprovechando la consulta de Toñita, entiendo que lo que hacíamos la mayoría hasta ahora era cuando recibíamos la resolución del INSS concediendo la IP total, procedíamos a liquidar al trabajador las vacaciones acumuladas, tramitar la baja en SS y ya. Ahora como procedierais? es que yo ya no sé...
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