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Sé que es un tema antiguo y tratado, pero en caso de suborgacion entres distintas empresas (uan va prestar el servicio de campamentos que otra venia prestando) seguis indicando como clave baja la 55?
Lo dicho hay de todo. Yo por ejemplo los cotizaba y tributaba ya que es una cantidad fija.
Pero como siempre h
Y este caso como haceis? Cotizais Tgss solo el exceso? y si no supera la cantidad no cotizais pero si tributais?
Yo pense que cuando se fijaba una cantidad fija sin exigir un detalle exaustivo del gasto, se consideraba que si se tenia que cotizar..
Yo hasta ahora hacia si. Dado que es muy dificil desglosar que es del trabajo y que es de casa.
Buenos dias:
Cuando el convenio no prevee una cantidad de gastos por teletrabajo y se fija una cantidad fija al mes? Cotizais e por ello y tributais en IRPF o las dos cosas cotizais y tributais irpf por ello?
Uan persona tiene dos empleos y en uno es fijo discontinuo y en otro esta en excedencia, puede solcitar el desempleo durante la situación de inactividad?
Pero la nulidad no es solo para excedencia por cuidado de hijos. Su puesto de trabajo tiene que ser amortizado. Ya no hay trabajo para su categoria. La emrpesa ya no va realizar mas campamentos. No tenia sustituto. Y en unos meses va a cerrar definitvamente.
Yo creo que pondria eso que tu dices. Y no me meteria en jornada concentrada con interrupcion. Y tener que comunicar las horas.Pero espera otras respuestas
Entiendo que si le paga los doce meses no tiene que comunicar la concentracion. Solamente en el caso de que haya periodo digamos de inactividad superiores al mes?
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