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Refloto hilo.
Tengo este mismo caso, periodo sucesivo y no tengo las bases de paternidad de la otra empresa, alguna idea de como conseguirlas si el trabajador lo desconoce?
Hola 👋
¿Hay algún manual o algo explicativo sobre el Excel que descargamos desde Sistema RED -> FIER - Consulta/Descarga de Fichero INSS Empresas?
Hay una columna que pone "Fecha de envío de PB, PC o PA al INSS", esa fecha se supone que es en la que el médico graba el parte de baja/alta, pero...
Yo no lo comparo con una IT, ya que ahí queda grabado por el INSS la baja de IT y por lo tanto no puede trabajar.
Si el trabajador no solicita la paternidad/maternidad y no se anota, no hay suspensión y puede trabajar y cotizar normal.
Vamos a ver, que ya en estas fechas tenemos el cerebro quemado.
Un trabajador al que realizamos un llamamiento FD tuvo una IT baja por Incapacidad Temporal pocos días después de empezar. Actualmente sigue de baja y ha llegado el momento de comunicar su inactividad.
La duda es: ¿Debemos...
Si no ves nada en el IDC, no pasa nada porque en el momento que cumpla los requisitos, vas a ver que los seguros sociales te salen con mucha diferencia o te fallan los tramos si cumple a mediados de mes.
Yo si os digo la verdad, a veces con tanto cambio de normativa o criterios, me hacen mirarlo todo por si acaso, hasta lo básico, porque ya no me fio de nada. A veces pienso que algo algo es de una manera si o si, hasta que me dicen... eso se ha modificado en tal normativa o sentencia de STS.
Que atrevidos los de SAGE...
Alguien debería avisarles que cambien esa afirmación, o te los llevas a los pleitos para que defiendan de donde sacan esa afirmación
Pregunta al buscador o IA cuál es el real decreto que la legisla y en base a eso como se pagan, así afina más el resultado, ten en cuenta que los resultados se basan en contenidos de las web o foros.
La hora extra se debe abonar como mínimo al precio de la hora ordinaria, salvo que el convenio establezca otra cosa.
Lo de la hora extra a un 75% más, se eliminó hace años, ahora hay que mirar el convenio.
Tienes que enviar un CASIA para comunicarles la sentencia, te preguntarán si la empresa recurre o no y alguna cosa más.
Te dirán que envíes L02 y los periodos.
Yo iba a hacerlo, pero marearon tanto con documentación y tonterías, q los no bonificados los dejo tal cual, los seguros este mes han ido bien con las bonificaciones de quienes si cumplen.
Lo de sistema red es para comunicar si un trabajador es del grupo 8, 9,10 que son diarios y le puedas indicar que la cotización de estos sea mensual, eso es independiente a la forma de pago del salario que lo indicara el convenio.
En ese caso en grupo 7 la cotización es mensual siempre...
Es para mandarles a tomar por.... no les vale porque seguro que ellos imprimen el documento y ya no lo pueden archivar igual, en realidad es para decirles que ya está firmado y que es igual de valido, que tienes el registro de presentación y que te dejen en paz, que no pueden firmar a mano...
Yo si el convenio me dice que complemente la prestación, no le pago por que no se complementa nada, de lo contrario si lo complemento, un poco dependiendo de la redacción del artículo.
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