¡URGENTE! FIN MATERNIDAD. INICIO LACTANCIA ACUMULADA Y VACACIONES.

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenos días:

Tengo que finalizar un contrato de interinidad por sustitución durante maternidad e iniciar el contrato de temporal para cubrir a la "lactante" durante estos días más vacaciones.

Ya he preparado el contrato 502 de "circunstancias de la producción" pero no sé como hacer la comunicación en la Seguridad Social.

- ¿Qué código de baja tengo que poner para finalizar la interinidad?

- ¿Se informa de alguna forma que no va a disfrutar vacaciones entre los dos contratos?

- ¿Hay que informar de alguna forma el fin de la maternidad?

He sacado un IDC y aparece hasta ayer las bonificaciones de maternidad en la cuota empresarial tanto en la interina como en la sustituida (además de la cuota obrera de ésta) pero además aparece desde hoy bonificación de la cuota empresarial por descanso maternidad en la madre.

Estoy perdido y tengo que arreglar esto cuanto antes.

Salu2. :cool:
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Muchas gracias, Caslaboral.

¿Y sabes por qué sigue apareciendo la bonificación en la cuota empresarial para la madre? Porque suponía que ya no debería aparecer pues durante la lactancia acumulada que todavía no he comunicado ya se pierden las bonificaciones.

Salu2. :cool:
 

BELEN

Miembro conocido
Te sigue saliendo porque no has cursado la baja todavía, desaparecerá en cuanto lo hagas y comuniques el alta con el nuevo contrato..... si no se queda ahí "congelada"
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Gracias, Belén. Pero la bonificación aparece en la madre. He recortado el IDF y os lo adjunto para que lo veáis y me digáis vuestra opinión.

Salu2. :cool:
 

Archivos adjuntos

  • IDC INTERINA - SUSTITUIDA.pdf
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Caslaboral

Miembro conocido
Pues no se que decirte, parece un error del sistema. Abre CASIA porque a mi siempre me ha aplicado bonificaiones respetando el RECEMA (nunca me han salido IDC con bonificaciones mas alla de la fecha de fin)
 

BELEN

Miembro conocido
Entiendo que es por eso, la bonificacion está asociada a un contrato y a un trabajador que figuran en alta y el sistema es así de ANORMAL, tú preocúpate sólo si después de la baja y el nuevo alta del contrato del sustituto te sigue saliendo. Yo hace años tenía la mala costumbre de hacer sólo una variación de datos en el sustituto y en 2 ocasiones la cagué y siguió aplicando bonificacion a la madre .... a devolver con recargo claro
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Efectivamente, Belén, se debe a eso. Tras grabar la baja, he vuelto a sacar el IDC y ya no aparece la bonificación de ese tramo; se queda con el 'tradicional' "sin peculiaridades de cotización.

Al dar de alta el contrato 502, ha aparecido un mensaje que me ha mosqueado mucho: "4893* COLECTIVO INCOMPATIBLE CON TIPO DE CONTRATO"; y es porque ahora hay que poner en "Cole. trabajador" 967 si es por "imprevisibles o 968 si es por "previsibles".

Salu2. :cool:
 

Cristi

Miembro activo
Buenas tardes,

Una duda, el contrato lo has hecho 967 ó 968 para sustituir el periodo de lactancia? tengo un caso similar en un mes acaba maternidad, y tenía la duda de que contrato hacerle para ese periodo de acumulación de lactancia. Gracias
 

MarLo

Miembro conocido
Buenas tardes,

Una duda, el contrato lo has hecho 967 ó 968 para sustituir el periodo de lactancia? tengo un caso similar en un mes acaba maternidad, y tenía la duda de que contrato hacerle para ese periodo de acumulación de lactancia. Gracias
Al ser un permiso retribuido yo haría un 402/502 967
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenas tardes,

Una duda, el contrato lo has hecho 967 ó 968 para sustituir el periodo de lactancia? tengo un caso similar en un mes acaba maternidad, y tenía la duda de que contrato hacerle para ese periodo de acumulación de lactancia. Gracias
He seguido las "directrices" que se marcan en otro hilo donde se discutió este tema por como sería el contrato de sustitución por lactancia acumulada versus lactancia más vacaciones. En el caso exclusivo de lactancia se determinó como más factible el 410/510 mientras que en el caso de lactancia más vacaciones el 402/502 como circunstancia imprevisibles, o sea, con el código de colectivo 967.

Salu2. :cool:
 
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