Dekike
Nuevo miembro
Muy buenas,
Planteo una duda que imagino que puede ser bastante común. Yo vivo en "A", y mi centro de trabajo está a 40 minutos (50 km) en "B". En ocasiones, la empresa quiere que vayamos a trabajar a otros sitios distintos de "B". El caso particular que me genera dudas es el siguiente. La empresa quiere que vaya a "C" a trabajar durante una semana, que está de mi residencia "A" a 1h y 12 minutos (112 km), y de mi centro de trabajo "B" a 1h y 13 min (113 km). Para ello, quieren que duerma en "C" toda la semana, no volviendo a "A" que es mi residencia.
Como es obvio, yo quiero volver en la medida de lo posible a mi hogar en "A" con mi familia, y en este sentido me surgen varias dudas:
1) Mi horario de trabajo es de 08 00 a 15 30. ¿Cómo se regula el tema de desplazarme a "C"? Es decir, de mi residencia "A" a mi lugar de trabajo "B" entiendo que es mi responsabilidad, debiendo buscarme los medios para estar a las 08 00 allí. No obstante, si mi empresa quiere que vaya a "C", imagino que el procedimiento correcto sería que yo esté en "B" a las 08 00, y desde allí coga el transporte que estime oportuno mi empresa para ir a "C", lugar al que llegaría sobre las 09 15 (hay 1h y cuarto entre "B" y "C"). En este sentido, ¿tengo derecho a exigir estar a las 15 30 de vuelta en "B"? Lo cual implicaría estar saliendo de "C" a las 14 15.
2) Usando el ejemplo anterior, ¿a partir de qué tiempo/distancia entre "B" y "C" la empresa puede obligarme a pernoctar fuera y no dejarme desplazarme a diario desde "B" a "C2?
3) Entiendo que la empresa tiene el deber de proporcionarme los medios para ir de "B" a "C", ¿correcto? Es decir, no pueden obligarme a que use un vehículo personal para realizar este trayecto.
Creo que este caso práctico puede ser de utilidad para mucha gente.
Si alguien pudiera arrojar luz sobre esto lo agradecería!
Un saludo!
Planteo una duda que imagino que puede ser bastante común. Yo vivo en "A", y mi centro de trabajo está a 40 minutos (50 km) en "B". En ocasiones, la empresa quiere que vayamos a trabajar a otros sitios distintos de "B". El caso particular que me genera dudas es el siguiente. La empresa quiere que vaya a "C" a trabajar durante una semana, que está de mi residencia "A" a 1h y 12 minutos (112 km), y de mi centro de trabajo "B" a 1h y 13 min (113 km). Para ello, quieren que duerma en "C" toda la semana, no volviendo a "A" que es mi residencia.
Como es obvio, yo quiero volver en la medida de lo posible a mi hogar en "A" con mi familia, y en este sentido me surgen varias dudas:
1) Mi horario de trabajo es de 08 00 a 15 30. ¿Cómo se regula el tema de desplazarme a "C"? Es decir, de mi residencia "A" a mi lugar de trabajo "B" entiendo que es mi responsabilidad, debiendo buscarme los medios para estar a las 08 00 allí. No obstante, si mi empresa quiere que vaya a "C", imagino que el procedimiento correcto sería que yo esté en "B" a las 08 00, y desde allí coga el transporte que estime oportuno mi empresa para ir a "C", lugar al que llegaría sobre las 09 15 (hay 1h y cuarto entre "B" y "C"). En este sentido, ¿tengo derecho a exigir estar a las 15 30 de vuelta en "B"? Lo cual implicaría estar saliendo de "C" a las 14 15.
2) Usando el ejemplo anterior, ¿a partir de qué tiempo/distancia entre "B" y "C" la empresa puede obligarme a pernoctar fuera y no dejarme desplazarme a diario desde "B" a "C2?
3) Entiendo que la empresa tiene el deber de proporcionarme los medios para ir de "B" a "C", ¿correcto? Es decir, no pueden obligarme a que use un vehículo personal para realizar este trayecto.
Creo que este caso práctico puede ser de utilidad para mucha gente.
Si alguien pudiera arrojar luz sobre esto lo agradecería!
Un saludo!