¿ALTA DE AUTÓNOMO ANTES DE INICIO EFECTIVO DE ACTIVIDAD?

MarLo

Miembro conocido
Un cliente me está pidiendo que para la semana, con los actos preparatorios del negocio: obras del local, trámites licencia, etc... para lo que vamos a hacer un alta previa en Hacienda para poder deducir gastos, ya lo demos de alta a él como autónomo (será societario al ser socio único, administrador, de una SL).

Entre esta alta previa y el inicio efectivo de la actividad trascurrirá bastante tiempo, mínimo un año. Estoy intentando darle seguridad jurídica a la decisión pero al estudiar el caso veo que me muevo en una zona un tanto gris ¿Veis correcta ya que se haga esa alta de autónomo con tanta anticipación al inicio previo de la actividad? Son bien recibidas las ayudas y consejos para resolver la duda. Un saludo
 

DANI ML

Miembro conocido
Si quiere darse de alta ya como autónomo, yo no lo haría como alta previa. Alta plena, solo que durante un tiempo sin ingresos y ya está. Así no hay duda jurídica (bastante razonable por cierto) de que el alta sea correcta
 

Caslaboral

Miembro conocido
Creo que seguridad social comprueba el alta en hacienda, por lo que si esta está hecha no pondrán problemas. Además, entiendo que si la sociedad está dada de alta y en "funcionamiento" este cliente ya estará realizando las funciones de dirección y gerencia necesarias para estar dado de alta.
 

VILA100

Miembro conocido
Un cliente me está pidiendo que para la semana, con los actos preparatorios del negocio: obras del local, trámites licencia, etc... para lo que vamos a hacer un alta previa en Hacienda para poder deducir gastos, ya lo demos de alta a él como autónomo (será societario al ser socio único, administrador, de una SL).

Entre esta alta previa y el inicio efectivo de la actividad trascurrirá bastante tiempo, mínimo un año. Estoy intentando darle seguridad jurídica a la decisión pero al estudiar el caso veo que me muevo en una zona un tanto gris ¿Veis correcta ya que se haga esa alta de autónomo con tanta anticipación al inicio previo de la actividad? Son bien recibidas las ayudas y consejos para resolver la duda. Un saludo
Es innecesario el alta previa para la deducción de los gastos / IVA. Lo NECESARIO es que estén correlacionados con la actividad ( el alta es solo una prueba más…solo eso)

Dicho lo de arriba…. Si no queda más remedio…en el 036 existe casilla para indicar el alta previa como sabes…y… también sabes…por lo visto en el foro…a veces este proceder genera incidencia con las TPs

salu2
 

MarLo

Miembro conocido
Hola, gracias a los tres

El inicio efectivo de la actividad se va a demorar bastante, ese es el problema @DANI ML este año nada, y el que viene ya veremos, por lo que ingresos 0 durante mucho tiempo y con el nuevo sistema no sé cómo encajará esto, ya sabes, tanto ingresas tanto pagas de cuota... gastos sí va a tener... por eso encaja perfectamente el alta previa 036 casilla 504

@VILA100 La TGSS estaba entendiendo que con el alta previa en Hacienda para deducir gastos, no es necesaria el alta como autónomo, aunque para ello hay que hacer un casia... me plantea el cliente el caso contrario... de ahí mis dudas: el cliente YA quiere el alta como autónomo con el alta previa 036 504 en Hacienda.

¿Puede que la clave esté en lo que indica @Caslaboral ? que con el alta previa en Hacienda 036 504, que al ser administrador de una SL, sí o sí es defendible el alta como autónomo en todo caso, ya que esos actos preparatorios de licencia... contratar aparejador... etc... conlleva un mínimo de actividad de dirección y gerencia, aunque durante un año y pico no tenga ingresos... He buceado por internet para defender esta postura actos preparatorio = actividad, pero no he encontrato nada seguro
 

Mafaldasur2

Miembro activo
Aunque en AEAT sí existe la figura, en RETA no hay Alta previa. A efectos prácticos, cuando vaya a incorporarse al RETA, BAJA y ALTA de la SL en hacienda, que por lo menos la fecha coincide.
 

MarLo

Miembro conocido
Aunque en AEAT sí existe la figura, en RETA no hay Alta previa. A efectos prácticos, cuando vaya a incorporarse al RETA, BAJA y ALTA de la SL en hacienda, que por lo menos la fecha coincide.
por casia estaban contestando que no hacía falta ese baja/alta en hacienda... que si no querías hacer el alta del autónomo con el alta previa que se mandase un casia aclarando fechas.... el problema que tengo es el "contrario": saber si ese alta previa "fiscal", en mi caso concreto, pueda amparara ya un alta como autónomo, un poco en base a lo que dice Caslaboral, que realmente como administrador ya va a estar realizando unas tareas aunque no tenga ingresos...
 

Caslaboral

Miembro conocido
Se quejara TGSS de que alguien le pague una cuota mas? Con lo que les gusta recaudar🤑

la verdad es que no se Marlo, lo que yo te he comentado tiene sentido para mi, pero a saber, que son muy raros. Y no se si existen ejemplos que te puedan hacer estar seguro
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo creo que si TGSS cruza datos, aceptará ese alta previa como válida para el RETA, y nunca tendría problemas. Pero lo hará "informáticamente". Que sea correcto o no, por supuesto que......... ¡es una duda más que razonable! Puestos a aceptar riesgos, yo antes haría el alta "total", aunque suponga estar un tiempo sin declarar ingresos. Por supuesto no pedir devolución del IVA, ir compensando... y así hasta que haya ingresos. Ya digo, puestos a aceptar riesgos.... creo que es lo que más tranquila te dejaría......
 

MarLo

Miembro conocido
Yo creo que si TGSS cruza datos, aceptará ese alta previa como válida para el RETA, y nunca tendría problemas. Pero lo hará "informáticamente". Que sea correcto o no, por supuesto que......... ¡es una duda más que razonable! Puestos a aceptar riesgos, yo antes haría el alta "total", aunque suponga estar un tiempo sin declarar ingresos. Por supuesto no pedir devolución del IVA, ir compensando... y así hasta que haya ingresos. Ya digo, puestos a aceptar riesgos.... creo que es lo que más tranquila te dejaría......
¿cómo piensas que afectará el nuevo sistema de cotización a estos casos? ¿es posible que cuando crucen datos de ingresos entre TGSS y AEAT para calcular la cuota de autónomos, hagan batida de los que tengan un periodo largo sin ingresos? Ya sé que es un futurible pero me interesa algo de visión sobre lo que pueda pasar
 

DANI ML

Miembro conocido
No creo que tengan siquiera personal para hilar tan fino. Si no hay ingresos, pues base mínima y ya está.
 
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