¿Comunicar colegio profesional ?

Argi

Miembro conocido
Hola,
Me pasan circular del colegio de farmaceúticos en donde, además de recordarles el plazo por si quieren subir su base cotización, informa de la obligación de comunicar a TGSS antes del fatídico 31/0/23 del colegio profesional al que pertenecen.
¿Esto es así? ¿Y cómo se comunica?
 

Inma.2

Miembro activo
Hola,
Me pasan circular del colegio de farmaceúticos en donde, además de recordarles el plazo por si quieren subir su base cotización, informa de la obligación de comunicar a TGSS antes del fatídico 31/0/23 del colegio profesional al que pertenecen.
¿Esto es así? ¿Y cómo se comunica?
En la opción de VARIAS ACTIVIDADES RETA es verdad que hay un campo para informar el colegio profesional, pero si el autónomo no tiene más de 1 actividad entiendo que no debes utilizar esta opción, por tanto no entiendo que te piden.....
 

Nikki_sp

Miembro conocido
yo intente hacer un cambio de un autonomo que entendia estaria colegidado, y luego con la.contabilidad de 2 años vi que no (es ingeniero y trabaja para emiratos). Comunique por casia la incidencia y me pedian certificado de que no estaba colegiado. Y ahi deje el.tema.

¿que importancia tiene el tema de la.colegiacion desde el.punto de vista del reta?
 

Argi

Miembro conocido
En Casia han trasladado mi consulta a los servicios centrales.

La circular del colegio de farmaceúticos que me han pasado dice:

Por otro lado, en febrero de 2023, desde el COF Álava organizamos una conferencia donde responsables de la Dirección Provincial de Álava de la Tesorería de la Seguridad Social (TGSS) explicaron las características del nuevo sistema de cotización.
A este respecto, se recuerda lo siguiente referido a aquellos autónomos que estaban dados de alta como autónomos antes del 01/01/2023:
Deben comunicar a la TGSS, antes del 31/10/2023, el Colegio Profesional al que pertenecen.
- No tienen que comunicar los rendimientos netos a la TGSS, salvo en el caso de que deseen modificar su base de cotización. En tal caso, comunicarán dichos rendimientos en el momento en que comuniquen la modificación de las bases de cotización.

- El plazo para comunicar la modificación de las bases de cotización para el año 2023 finaliza el 31 de octubre de 2023.
 

Inma.2

Miembro activo
En Casia han trasladado mi consulta a los servicios centrales.

La circular del colegio de farmaceúticos que me han pasado dice:

Por otro lado, en febrero de 2023, desde el COF Álava organizamos una conferencia donde responsables de la Dirección Provincial de Álava de la Tesorería de la Seguridad Social (TGSS) explicaron las características del nuevo sistema de cotización.
A este respecto, se recuerda lo siguiente referido a aquellos autónomos que estaban dados de alta como autónomos antes del 01/01/2023:
Deben comunicar a la TGSS, antes del 31/10/2023, el Colegio Profesional al que pertenecen.
- No tienen que comunicar los rendimientos netos a la TGSS, salvo en el caso de que deseen modificar su base de cotización. En tal caso, comunicarán dichos rendimientos en el momento en que comuniquen la modificación de las bases de cotización.

- El plazo para comunicar la modificación de las bases de cotización para el año 2023 finaliza el 31 de octubre de 2023.
una pregunta al respecto... tus farmacéuticos están de alta como RETA en la seguridad social???, lo digo porque ahora tengo un caso de un ARQUITECTO con varias empresas, y me comenta que no está de alta de RETA sino que tiene un plan alternativo con el colegio de Arquitectos, y ahora me pregunto si en estos casos he de comunicar por VARIAS ACTIVIDADES RETA¿¿¿??
(que harta estoy...)
 

Argi

Miembro conocido
Pues ha falta de que me conteste Casia si hay que hacerlo y cómo, trasteando ví la forma de hacerlo y he comunicado los datos de los farmaceúticos que yo tengo asignados, pero si despliegas la ayuda del colegio profesional que hay que señalar, nos encontramos que también hay abogados, economistas, arquitectos, fisios........
 

Silcar

Nuevo miembro
Pues ha falta de que me conteste Casia si hay que hacerlo y cómo, trasteando ví la forma de hacerlo y he comunicado los datos de los farmaceúticos que yo tengo asignados, pero si despliegas la ayuda del colegio profesional que hay que señalar, nos encontramos que también hay abogados, economistas, arquitectos, fisios........
Y cómo has conseguido comunicarlo? Yo tampoco encuentro la manera de hacerlo en los que ya estaban dados de alta y no habían indicado que debían estar colegiados.
 

Argi

Miembro conocido
Y cómo has conseguido comunicarlo? Yo tampoco encuentro la manera de hacerlo en los que ya estaban dados de alta y no habían indicado que debían estar colegiados.
Por gestión de actividades varias - añadir actividad abrierta- TROE: 06 - Colegio Profesional
 
Perdón pero, ¿esto aplica a aquellos que están en mutualidades alternativas a RETA? Abogados o arquitectos que en el momento de su alta optaron por la mutualidad que les correspondiese en vez de RETA. Gracias!
 

Inma.2

Miembro activo
Perdón pero, ¿esto aplica a aquellos que están en mutualidades alternativas a RETA? Abogados o arquitectos que en el momento de su alta optaron por la mutualidad que les correspondiese en vez de RETA. Gracias!
en ese caso no se pueden informar puesto que no están de alta como RETA!!!
 

Silcar

Nuevo miembro
Por gestión de actividades varias - añadir actividad abrierta- TROE: 06 - Colegio Profesional
Muchas gracias Argi, pero si accedes por añadir actividad abierta, estás dando de alta una nueva actividad, no? Pero en mi caso la actividad ya está informada con fecha de alta del 2019, lo que quiero es poder informar que está colegiada, pero solo me deja modificar su domicilio, o es que hay que crear sí o sí una nueva actividad? En ese caso, tengo que informar los mismos datos que se dio en el alta inicial añadiendo además el TROE y eliminar la anterior?
 

Silcar

Nuevo miembro
Buenos días.

Hice la consulta telefónica a la Seguridad Social y me han llamado hoy de la Tesorería para decirme que solamente hay que identificar como colegiado a los autónomos societarios de Sociedades profesionales, exclusivamente a aquellos que hayan recibido la Comunicación de la Seguridad Social de actualización de datos como autónomos societarios y que si el autónomo es persona física ejerciendo una actividad profesional a ellos les da igual que esté colegiado o no. A buenas horas....
 

Argi

Miembro conocido
Buenos días.

Hice la consulta telefónica a la Seguridad Social y me han llamado hoy de la Tesorería para decirme que solamente hay que identificar como colegiado a los autónomos societarios de Sociedades profesionales, exclusivamente a aquellos que hayan recibido la Comunicación de la Seguridad Social de actualización de datos como autónomos societarios y que si el autónomo es persona física ejerciendo una actividad profesional a ellos les da igual que esté colegiado o no. A buenas horas....
Madre mía... yo lo hize siguiendo instrucciones de un colegio profesional, quien a su vez seguía directrices al respecto dadas por la directora provincial de TGSS
 

Silcar

Nuevo miembro
La verdad es que ya no sé que creer. No hacía más que decirme que eso era a lo que obligaba el RD 504/22 que la anotación del Colegio Profesional solo es para autónomos societarios de sociedades profesionales, pero el RD no dice eso ni mucho menos...
 
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