¿descuento cuota obrera trabajador dado de alta por inspeccion trabajo con caracter retroactivo?

Man_olo

Miembro
Buenos dias

Se me plantea la siguiente duda, trabajador que es dado de alta por la inspeccion de trabajo tras denuncia. Tras un procedimiento de 3 años, la Junta de Andalucia es condenada, y al abonar los salarios reclamados de 3 años , descuentan la cuota obrera.

¿actua correctamente la junta de andalucia o el trabajador no tiene que soportar dicha cuota obrera al no haber sido dado de alta en su momento? Porque quiero recordar que como sancion a la empresa por ese comportamiento no se le podia deducir, y haciendo una consulta a chatgpt me lo ha corroborado, pero no encuentro la jurisprudencia

"En cuanto a la cotización a la Seguridad Social, la jurisprudencia establece que durante el período de los salarios de tramitación, el empleador debe ingresar tanto la cuota empresarial como la cuota obrera a la Seguridad Social, pero sin descontar esta última del salario de tramitación que el trabajador recibe.

Esto significa que el trabajador recibe el salario completo sin que se le reste la cuota obrera, ya que el empresario está obligado a hacerse cargo del pago completo de las cotizaciones durante ese período".
 
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