garcia montes
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Buenos días,
Una empresa tiene su centro de trabajo en Madrid y todos los trabajadores han sido afiliados en el Código de Cuenta de Cotización de Madrid. Pero hay un trabajador que fue contratado como comercial para captar clientes en Valencia y por tanto el trabajador es Valenciano y trabaja en Valencia (sin centro de trabajo en Valencia) desde su casa y asistiendo a Madrid de manera regular para reuniones etc. Ahora se la quiere despedir por falta de ventas pero aún así la empresa reconoce la improcedencia y quiere consignar.... pero, ¿donde sería correcto consignar? en Madrid por ser donde está la empresa o en Valencia que es de donde es el trabajador (donde vive) y donde el trabajador viene realizando su trabajo...
¿Y en que texto legal viene explicitamente el sitio exacto donde consignar?
Una empresa tiene su centro de trabajo en Madrid y todos los trabajadores han sido afiliados en el Código de Cuenta de Cotización de Madrid. Pero hay un trabajador que fue contratado como comercial para captar clientes en Valencia y por tanto el trabajador es Valenciano y trabaja en Valencia (sin centro de trabajo en Valencia) desde su casa y asistiendo a Madrid de manera regular para reuniones etc. Ahora se la quiere despedir por falta de ventas pero aún así la empresa reconoce la improcedencia y quiere consignar.... pero, ¿donde sería correcto consignar? en Madrid por ser donde está la empresa o en Valencia que es de donde es el trabajador (donde vive) y donde el trabajador viene realizando su trabajo...
¿Y en que texto legal viene explicitamente el sitio exacto donde consignar?