¿Generación de vacaciones tras agotamiento de IT?

Miguelo

Nuevo miembro
Muy buenas. Tengo el caso de un trabajador que ha estado de IT 545 días. Al cumplirse ese tiempo le hemos dado de baja en SS porque así lo ordena la normativa, su contrato ha quedado suspendido. Él está a la espera de pasar Tribunal Médico para determinar una posible incapacidad.
Si el Tribunal le da el alta, volverá a trabajar a la empresa, lógicamente. Por aplicación del art. 38 ET, el trabajador tiene derecho a disfrutar de las vacaciones que ha generado durante esos 545 días que estuvo de IT, esos días se le han "guardado". Pero mi duda es si durante este periodo posterior a los 545 días y hasta su (posible) retorno sigue generando vacaciones que se le suman a las ya guardadas para que las disfrute a su vuelta.
Muchas gracias anticipadas.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Muy buenas. Tengo el caso de un trabajador que ha estado de IT 545 días. Al cumplirse ese tiempo le hemos dado de baja en SS porque así lo ordena la normativa, su contrato ha quedado suspendido. Él está a la espera de pasar Tribunal Médico para determinar una posible incapacidad.
Si el Tribunal le da el alta, volverá a trabajar a la empresa, lógicamente. Por aplicación del art. 38 ET, el trabajador tiene derecho a disfrutar de las vacaciones que ha generado durante esos 545 días que estuvo de IT, esos días se le han "guardado". Pero mi duda es si durante este periodo posterior a los 545 días y hasta su (posible) retorno sigue generando vacaciones que se le suman a las ya guardadas para que las disfrute a su vuelta.
Muchas gracias anticipadas.
Existe alguna sentencia reciente que así lo reconoce.

Saludos.
 
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