¿hay limite temporal para trabajador desplazado??

Nikki_sp

Miembro conocido
Buenos dias!!

Ayer me hicieron una consulta fiscal un trabajador de una ong desplazado a ecuador y que lleva 15 años.alli. Me dice que fiscalmente tributa y cotiza aqui.

Como desplazado tributa acogiendose a la exencion del 7p, y no paga ni un centimo. Lo primerl que me.viene a la.cabeza es ¿te pueden tener desplazado toda la.vida?

Porque si cotiza en españa esta claro que Tgss lo permite, y Aeat tambien.

Pero lo veo discriminatorio respecto a los curritos españoles que pagan religiosamente aqui.

Gracias
 

Nikki_sp

Miembro conocido
hay un regimen especial para trabajadores desplazados (art 7p ley irpf) de ahi viene mi duda
 

VILA100

Miembro conocido
Hola,

claro…pero para los residentes. El 7.p está previsto para residente en España que trabaja fuera cuando se den los requisitos previstos en la norma para ello. Por otro lado, el criterio de dias in, días out es el principal, sin embargo, podría se residente si vive aquí su núcleo familiar, sus actividades… etc... aún estando fuera más de seis meses.

salu2
 

Nikki_sp

Miembro conocido
pero aquí hablamos de desplazados a largo plazo (cooperantes)

dejo unas instrucciones internas de la AEAT de 2007 al respecto
 

Archivos adjuntos

  • 01 nota sobre cooperantes.pdf
    403,8 KB · Visitas: 10

VILA100

Miembro conocido
Visto. Coincidimos entonces…no?, es decir, todo en regla. Es posible 7.p a pesar de que esta muchos años fuera en base a que mantiene residencia en España.
salu2
 
Arriba