Nikki_sp
Miembro conocido
La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera discriminatorio excluir del cobro de los complementos de asistencia y puntualidad a los trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal por una baja médica y, por tanto, establece que deben cobrar estos pluses.
Y digo yo, ¿no se recoge ya en ña base reguladora dichos pluses?¿los cobran 2 veces?
Y digo yo, ¿no se recoge ya en ña base reguladora dichos pluses?¿los cobran 2 veces?