Nikki_sp
Miembro conocido
Buenas tardes
Trabajador despedido improcedentemente segun sentencia al que deben pagarle salarios por los meses hasta la sentencia. Dicho trabajador era autonomo antes de ser contratado, y siguio de autonomo despues del despido.
Al cobrar de la empresa los salarios, esta le descuenta los ingresos de autonomo asi como la prestacion de paternidad, y no tengo muy claro si es como debe proceder o no, puesto que veo dichos ingresos de manera independiente. No es que el trabajador se hizo autonomo tras ser despedido, sino que tenia un trabajo por mañana por cuenta ajena, y otro por la tarde como autonomo (mucho tiempo antes y despues del paso por esa empresa).
¿seria correcto descontar los ingresos como autonomo y la paternidad? Porque en ese caso, al final es la empresa quien se ve beneficiada de esa situacion y el perjudicado es el trabajador. Cuando repito veo que deberian ser compartimentos estancos.
Art. 56.2 ET "En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación "
Aqui no ha encontrado otro empleo, porque lo tenia de antes.
Muchas gracias
Trabajador despedido improcedentemente segun sentencia al que deben pagarle salarios por los meses hasta la sentencia. Dicho trabajador era autonomo antes de ser contratado, y siguio de autonomo despues del despido.
Al cobrar de la empresa los salarios, esta le descuenta los ingresos de autonomo asi como la prestacion de paternidad, y no tengo muy claro si es como debe proceder o no, puesto que veo dichos ingresos de manera independiente. No es que el trabajador se hizo autonomo tras ser despedido, sino que tenia un trabajo por mañana por cuenta ajena, y otro por la tarde como autonomo (mucho tiempo antes y despues del paso por esa empresa).
¿seria correcto descontar los ingresos como autonomo y la paternidad? Porque en ese caso, al final es la empresa quien se ve beneficiada de esa situacion y el perjudicado es el trabajador. Cuando repito veo que deberian ser compartimentos estancos.
Art. 56.2 ET "En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación "
Aqui no ha encontrado otro empleo, porque lo tenia de antes.
Muchas gracias