Buenos días
Empresa que despide a un trabajador por causas objetivas
En el acto del despido reconoce la improcedencia y abona al trabajador la diferencia entre 20 y 33 días
El total de este importe son 2.500 euros
Estos 2.500 euros tributan porque no se acude a CEMAC
Esta indemnización de reconocimiento de improcedencia, ¿se pueden desgravar en el impuesto de sociedades?
Gracias
Empresa que despide a un trabajador por causas objetivas
En el acto del despido reconoce la improcedencia y abona al trabajador la diferencia entre 20 y 33 días
El total de este importe son 2.500 euros
Estos 2.500 euros tributan porque no se acude a CEMAC
Esta indemnización de reconocimiento de improcedencia, ¿se pueden desgravar en el impuesto de sociedades?
Gracias