1 DE OCTUBRE. TIEMPO PARCIAL = TIEMPO COMPLETO PARA CÓMPUTOS DE PERIODOS

MarLo

Miembro conocido
A partir del próximo 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial se equiparará con el trabajo a tiempo completo a efectos de cómputo de los periodos cotizados con los que se calcularán las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, temporal, nacimiento o cuidado de un menor.


1695154840055.png
 

msalem

Miembro
Entiendo con esto que la modificación solo es a efectos del cómputo de días, no sobre la base de cotización, que seguiría siendo en proporción a las horas trabajadas, es decir, se está modificando el art. 247 de la LGSS pero no el art. 246 LGSS. Entiendo bien??
 

MiriamSR

Miembro conocido
Y estas personas que pensión mínima tienen? La misma que un tiempo completo o se hace proporción?
 
Arriba