Es que el art. no es del todo claro, para empezar defindir finiquito... pues cada uno... porque tampoco está muy bien definido..
por otra parte acumulariamos acciones con distintos plazos procesales, uno de caducidad y el otro de prescripción...
Si que veo viable la acumulación en el mismo despido como dice del finquito en su "versión más estricta" donde no hay problemas, liquidación de pagas, vacaciones..., entrar a todo lo anterior donde se puede incluso discutir de salarios devengados, horas, categorias... teniendo en cuenta que el despido es preferente... (aunque ahora te dan para año largo largo...)
no se, me despiden no me pagan y además me deben vacaciones que están ahí y parte de pagas, pues todo en uno, facil y sencillo pero lo demás...
Ahora si la empresa en el finiquito incluyera esas cantidades que debe de meses anteriores... también sería otra cosa pues con la entrega de ese finquito ya no hay que discutir nada más, se lo estás reconociendo aunque no se lo estés pagando...pero son dos procesos diferentes a juzgar en uno solo, que incluso pues como se dice puede probocar indefensión, porque como te casquen se te acabó el plazo de un año que tenías para reclamación cantidad, no lo veo tan sencillo
A parte de como se dice, les interesan dos juicios y no uno... también entiendo estas posturas, no es tan sencillo.
Y como ya se ha dicho anteriormente, las cantidades de este caso por monitorio.