8 DIAS FOGASA

maroma

Nuevo miembro
Hola a tod@s y gracias por adelantado. Si hago a un trabajador un despido por c. objetivas, como tiene menos de 25 trabajadores,
- ¿puede la empresa pagarle los doce días y que el trabajador sea el que reclame ante el FOGASA?
- La empresa quiere pagarle en este caso los doce días de indemnización en efectivo, ¿qué tipo de documento le pueden pedir para acreditar el pago del mismo?
- ¿Cómo lo hago, especifico en la carta de despido que le abono solo doce días y que reclame los otros 8 al FOGASA?

Es la primera vez que lo voy a hacer, entonces no se muy bien como organizarme con los pasos


Gracias
 

MAJOGA

Nuevo miembro
No, no puede. La empresa ha de abonar al trabajador la indemnizacion correspondiente a 20 dias y despues reclamar los 8 al fogasa. Yo presente una solicitud el viernes pasado y no me han pedido nada para justificar que se habia pagado la indemnizacion, pero no se si sera en todos lados igual o cada oficina tendra sus propios criterios al respecto. Lo que si era nuevo para mi en esta ocasion, es que ya no piden los TC ni las nominas, reflejando en la carta de despido la antigüedad del trabajador y el salario diario, ya no hacen falta.
 

uxio

Nuevo miembro
es imprencindible abonar al trajador, ya te lo pediran. Ya no piden los tc porque tiene, por fin acceso a la base de datos de la S.S.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Pues si, por fin, pero aparte, el funcionario me dijo que en la carta debian aparecer esos datos. En cuanto a la justificacion del pago.....pues bueno, que lo pidan si quieren, pero lo suyo seria pedirlo en el momento de presentar la solicitud. De unas de hace dos años que estan mas que cobradas, hasta la fecha, no lo han pedido
 

FERNANDO

Miembro conocido
Exceptuando, claro está, los contratos de fomento de la contratación establecidos al amparo del 35/2010.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La ley 35/2010 permitía hacer contratos de fomento, en que el trabajador cobrase los 8 días, en caso de despido objetivo, directamente del FOGASA.
 

Raquel GR

Miembro activo
Y siempre antes el ET, ese es el problema, creo que lo digo en otro post, es que no hay transitoria, con lo cual... ya se verá
 

LABOR

Miembro activo
Gracias, me había liado con la norma; creia te referías a la reforma actual...........
 
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