pajarillo
Miembro conocido
Buenas noches!
Con frecuencia, previo a la contratación de un trabajador se suele pactar con este un salario bruto anual, "ponle 25.500 € brutos al año" por ejemplo. Y la asesoría incorpora al contrato una cláusula sencilla como "El/la trabajador/a percibirá una retribución total de 2.125 euros brutos mensuales, que se distribuyen en los siguientes conceptos salariales: según el Convenio Colectivo de Comercio", sin mayores consideraciones respecto de lo que motiva ese salario superior al establecido en convenio, añadiendo a la nómina un concepto garantizado a bruto denominado "a cuenta de convenio colectivo".
Pero, ¿qué ocurre si el trabajador fue contratado a media jornada, y ahora la empresa quiere acordar pasarlo a jornada completa?, ¿tendría que doblar el salario bruto?. ¿podría la empresa compensar el incentivo que ha estado pagando de manera que se mantuviera la retribución de 2.125 € brutos mensuales a pesar de trabajar más horas?.
Y ¿ahora que lo pienso?, y se le reducimos las horas, ¿habría que seguir pagándole 25.500 € anuales?.
Por eso estoy pensando añadir a nuestras cláusulas estándar algo como lo siguiente. "En caso de variación de la jornada inicialmente pactada en este contrato, el importe de los conceptos retributivos, no previstos en el convenio colectivo de aplicación, deberá ser fruto del mutuo acuerdo de las partes.
No da mucha seguridad, pero al menos se establece el deber de negociar en un caso como este.
Con frecuencia, previo a la contratación de un trabajador se suele pactar con este un salario bruto anual, "ponle 25.500 € brutos al año" por ejemplo. Y la asesoría incorpora al contrato una cláusula sencilla como "El/la trabajador/a percibirá una retribución total de 2.125 euros brutos mensuales, que se distribuyen en los siguientes conceptos salariales: según el Convenio Colectivo de Comercio", sin mayores consideraciones respecto de lo que motiva ese salario superior al establecido en convenio, añadiendo a la nómina un concepto garantizado a bruto denominado "a cuenta de convenio colectivo".
Pero, ¿qué ocurre si el trabajador fue contratado a media jornada, y ahora la empresa quiere acordar pasarlo a jornada completa?, ¿tendría que doblar el salario bruto?. ¿podría la empresa compensar el incentivo que ha estado pagando de manera que se mantuviera la retribución de 2.125 € brutos mensuales a pesar de trabajar más horas?.
Y ¿ahora que lo pienso?, y se le reducimos las horas, ¿habría que seguir pagándole 25.500 € anuales?.
Por eso estoy pensando añadir a nuestras cláusulas estándar algo como lo siguiente. "En caso de variación de la jornada inicialmente pactada en este contrato, el importe de los conceptos retributivos, no previstos en el convenio colectivo de aplicación, deberá ser fruto del mutuo acuerdo de las partes.
No da mucha seguridad, pero al menos se establece el deber de negociar en un caso como este.