Añadir semanas de paternidad

FERNANDO

Miembro conocido
Para hacer el certificado de empresa (pidió seis semanas y ahora pide cuatro más). Entráis por modificación certificado y añadís el nuevo periodo. Pero no se puede modificar el certificado hasta que llega el día de disfrute.
 

MARI LOZANO

Miembro activo
Buenas tardes.
Estoy en esa misma situación. Trabajador que se coge el permiso de las seis semanas obligatorias y el resto de semana se las quiere coger en la parcialidad del 50%. Cuando intento enviar el certificado con ambos periodos no me deja. Entonces entiendo que tengo que enviar el primer periodo y luego cuando llegue el segundo volver a enviar el segundo ¿? Y la prestación de paternidad la presento ahora con los diferentes periodos ya consignados ¿?

Un saludo.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Buenas tardes.
Estoy en esa misma situación. Trabajador que se coge el permiso de las seis semanas obligatorias y el resto de semana se las quiere coger en la parcialidad del 50%. Cuando intento enviar el certificado con ambos periodos no me deja. Entonces entiendo que tengo que enviar el primer periodo y luego cuando llegue el segundo volver a enviar el segundo ¿? Y la prestación de paternidad la presento ahora con los diferentes periodos ya consignados ¿?

Un saludo.
Dos certificados dos solicitudes de prestacion, hasta donde yo se.
 

Kalin

Miembro activo
Al hilo de esta cuestion.... cada vez que hace un certificado con un nuevo periodo el trabajador debe hacer también una nueva solicitud coincidente con lo que conste en el certificado, verdad???
 

Noelia27

Miembro activo
Al hilo de esta cuestion.... cada vez que hace un certificado con un nuevo periodo el trabajador debe hacer también una nueva solicitud coincidente con lo que conste en el certificado, verdad???
El trabajador ha de solicitar los periodos sucesivos con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio de ese periodo sucesivo.
El certificado de empresa no se puede enviar hasta que no haya comenzado el periodo de disfrute de ese periodo sucesivo.
 

Kalin

Miembro activo
El trabajador ha de solicitar los periodos sucesivos con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio de ese periodo sucesivo.
El certificado de empresa no se puede enviar hasta que no haya comenzado el periodo de disfrute de ese periodo sucesivo.
Me refería a solicitud al INSS por parte del trabajador cada vez que anuncie a la empresa un periodo de paternidad
Gracias
 

Sadie

Miembro conocido
El último caso que tuve fue hace un par de años y así era, cada vez que el trabajador disfrutaba de un período tenía que ir a solicitar la prestación.
 
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