A vueltas con la IT, Vacaciones y subsidio.

pablo

Nuevo miembro
Un trabajador que comenzaba vacaciones el 22/06/09 presenta baja por IT el mismo 22/06/09, el calendario de vacaciones estaba fijado previamente, pero vistas diversas opiniones, y aún no indicando nada el convenio, el resultado de una reclamación de un nuevo periodo de vacaciones parece bastante optimista.

Además, entiendo que es deber de la empresa tramitar esta baja, con todos los efectos que supone, subsidio, complemento si lo hubiere, y su incidencia en las nóminas y cotizaciones.

Ahora bién, la empresa, ya que el convenio de aplicación no especifica nada al respecto, ¿puede considerar la situación de IT a partir de la fecha de reincorporación de las vacaciones, asumiendo que no va a percibir el correspondiente subsidio, y así entender que el periodo de vacaciones, previamente acordado y fijado, ha sido enteramente disfrutado?

Y esta cuestión me suscita otra duda: ¿El parte de baja por IT es obligatorio pedirlo? ¿O quedará a mi criterio, dependiendo de lo favorable que me resulte? (Lo comento porque durante las pasadas vacaciones tuve una lesión grave, no pedí baja alguna y tan sólo me ausenté las horas que me correspondía el tratamiento... precisamente es curioso que me suceda algo así y no preste atención al asunto  ::))

Saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Los tribunales españoles entienden que las vacaciones no se tienen por qué volver a señalar. Aunque hay una sentencia del TSjE que dice lo contrario. Obviamente, la baja médica se ha de solicitar, no sirve lo que tú digas.
 
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