a vueltas con las vacaciones en erte

msalem

Miembro
hola compis, sé que es un tema muy mascado pero yo sigo sin verlo claro, las vacaciones de trabajadores en reducción de jornada como lo están tratando? es que me estoy encontrando de todo, si se paga o no por la empresa, si se exonera o no, y no sé que hacer aún... :-\
 

Saralaboral2

Miembro activo
Mira yo lo estoy comunicando así y puede que este mal.

- redsara, escrito de vacaciones firmado por ambas partes, previo
- proce ere, baja,
- inactivdad R con exoneración porque si no luego no podre aplicar exoneración según SRed
- Periodo de actividad, que ya lo mirare cuando llegue.
-  poner una vela blanca para que todo vaya bien.
 

msalem

Miembro
y la nómina la pagas  a tiempo completo los días de vacaciones?
y lo de la R tampoco lo entiendo porque según leo a otros compañeros que creen que durante las vacaciones no se exoneran cuotas, si los pasamos a R algo se exonera...no? :-\
 

Saralaboral2

Miembro activo
yo no iba a exonerar cuotas en las vacaciones pero como en SRed me dijeron que tenía que poner R si o si porque sino cuando volviera a trabajar no podía indicar otra letra y no podría aplicar exoneraciones.
Le hice la misma pregunta, las vacaciones se puede aplicar exoneraciones? me dijo que si incluso lo consulto porque le insistí.

Así que así estoy.

Tema como pagar vacaciones. Las vacaciones se pagan los días trabajados a días completos, las vacaciones generadas en erte de reducción se pagan al importe trabajado. PERO, mi jefe decía que así no lo hiciéramos aunque le pase documentación se ha de hacer de esta manera.
En resumen, paso un informe a la empresa y trabajador indicando
- 1a propuesta- los días a jornada completa importe a jornada completa y los días a reducción de jornada
- 2a propuesta - los días jornada reducción los convierto a jornada completa, los sumo a los j. completa y les dio el total

Luego que ellos decidan que les interesa.

Durante este periodo de tantos ertes, hay tramites que los quiero hacer de una manera pero al final tengo que realizarlos de forma distinta porque te lo obligan como esta montado el sistema TGSS. La sensación es casi ir a corriente.
 

valky

Miembro activo
Consulta Casia.-

Buenos días,
Un trabajador que se encuentra en ERTE reducción 50%, inactividad "S", va a disfrutar de vacaciones desde el 20/08/2020 al 31/08/2020 incluidos, siguiendo instrucciones del SEPE que no paga desempleo mientras el trabajador en ERTE disfrute de vacaciones, cual es el procedimiento a seguir para indicar correctamente el tipo de inactividad del trabajador?
- Pasar a inactividad "R" por reincorporación total mientras duren las vacaciones?
- Y posteriormente al finalizar las vacaciones volver al ERTE con reducción 50% con inactividad "U"?
Gracias

Resolución del Caso
Para poder procesar correctamente el periodo de vacaciones deberemos reflejar al trabajador la situación "R" durante el periodo de vacaciones sin parcialidad.
Posteriormente, el día de reincorporación al ERTE pondremos la letra "U" con la parcialidad que corresponda.
Y una vez mecanizado, volveremos a entrar en cambio de contrato y volveremos a reflejar la letra "S", sin tocar la parcialidad.
Con ello el trabajador quedará exactamente en la misma situación antes de las vacaciones.
un saludo




 

BLS

Nuevo miembro
valky dijo:
Consulta Casia.-

Buenos días,
Un trabajador que se encuentra en ERTE reducción 50%, inactividad "S", va a disfrutar de vacaciones desde el 20/08/2020 al 31/08/2020 incluidos, siguiendo instrucciones del SEPE que no paga desempleo mientras el trabajador en ERTE disfrute de vacaciones, cual es el procedimiento a seguir para indicar correctamente el tipo de inactividad del trabajador?
- Pasar a inactividad "R" por reincorporación total mientras duren las vacaciones?
- Y posteriormente al finalizar las vacaciones volver al ERTE con reducción 50% con inactividad "U"?
Gracias


Resolución del Caso
Para poder procesar correctamente el periodo de vacaciones deberemos reflejar al trabajador la situación "R" durante el periodo de vacaciones sin parcialidad.
Posteriormente, el día de reincorporación al ERTE pondremos la letra "U" con la parcialidad que corresponda.
Y una vez mecanizado, volveremos a entrar en cambio de contrato y volveremos a reflejar la letra "S", sin tocar la parcialidad.
Con ello el trabajador quedará exactamente en la misma situación antes de las vacaciones.
un saludo


Acabo de grabar unas vacaciones de un trabajador según lo que te contestó casia, empezó el 1 de agosto y acabó ayer , y me ha dejado hacer todos los pasos de R a U y después a S sin problemas. Aparentemente los IDCS están correctos. Gracias, porqué el último no lo sabia y me chirriaba quedarme con la U.
 
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