Buenos días
Una empresa va a contratar a un actor
Tenía entendido que debía ir por el régimen de artistas (según día de actuaciones) pero esta persona va a trabajar 10 días seguidos, del 1 al 10 de marzo
En este caso, cuando hay continuidad, ¿debe ir por el régimen de artistas o por régimen general?
Gracias
Una empresa va a contratar a un actor
Tenía entendido que debía ir por el régimen de artistas (según día de actuaciones) pero esta persona va a trabajar 10 días seguidos, del 1 al 10 de marzo
En este caso, cuando hay continuidad, ¿debe ir por el régimen de artistas o por régimen general?
Gracias